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Corte le ordena a Peter Manjarrés pagar $48 millones a un excorista

Después de diez años de pleito judicial, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia le ordenó al cantante vallenato Peter Manjarrés pagarle todas las cesantias, vacaciones y prestaciones a Italo Rafael Todaro Décola, quien fue su corista entre los años 2003 y 2008.

El alto tribunal resolvió una demanda presentada por Todaro quien reclamaba que había sido despedido de manera injusta después de sufrir un accidente de tránsito que le afectó sus cuerdas vocales.

Los hechos se presentaron cuando el bus en el que se dirigía a un concierto en Chiquinquirá chocara contra un cerro en la vía de La Esperanza en Norte de Santander. Tras el accidente al músico se le declaró una incapacidad y no pudo volver a cantar, afectando así su calidad de vida puesto que él vivía de este trabajo.

Todaro Décola sufrió varias fracturas en su cabeza y reflujo laríngeo que le afectó gravemente su capacidad vocal. Debido a esto, recibió una incapacidad superior al 51%.

En la discusión jurídica, la Corte determinó que existía una relación contractual ente Todaro e Inversiones Artísticas Peter Manjarrés. En los documentos oficiales se señala que trabajó como corista y acompañó al cantante vallenato en varias presentaciones.

Se determinó que el músico no era autónomo y tenía compromisos con Peter Manjarrés para cantar en 20 presentaciones, mínimo, cada mes. Igualmente, no trabajaba con otos grupos y organizaciones musicales.

Manjarrés deberá pagarle $49’909.138 al músico por las primas de servicio, las vacaciones pendientes y todas las prestaciones sociales que no le canceló en el tiempo que duró el contrato.

Sin embargo, la Sala Laboral determinó que no existían pruebas que permitieran inferir que se presentó un despido injustificado, reseñando además que la empresa del músico le pagó la indemnización por el accidente.

Igualmente, se rechazaron los argumentos que señalaban que el vehículo contratado por Manjarrés estuviera en mal estado y contara con fallas mecánicas.

Fuente: Sistema Integrado Digital

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