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Por masacre, la JEP aceptó sometimiento de tres exmilitares

El coronel (r) Joaquín Correa López, el mayor (r) Oswaldo Prada Escobar y el capitán (r) Antonio Enrique Daza Camacho, fueron aceptados por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, para su sometimiento en el proceso que se surte por la masacre ocurrida en Barrancabermeja, el 16 de mayo de 1998.

En la masacre donde perdieron la vida 46 personas, Correa López era el comandante operativo especial de la Policía del Magdalena Medio, Prada Escobar fungía como oficial de inspección adscrito al Batallón de Artillería Antiaérea Nueva Granada y Daza Camargo era el Comandante de la Base Militar de Pozo Siete.

Tras un proceso disciplinario por tales hechos, Correa López fue suspendido por un mes de su cargo y los otros dos militares fueron separados de su labor, por orden de la Procuraduría. Este caso está en etapa de juicio en el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga.

En el expediente reposa que, si bien la masacre estuvo a cargo de miembros de las Autodefensas Unidas de Santander y Cesar (Ausac), los exmiembros de la fuerza pública omitieron de manera concertada e intencional su deber de proteger a la población civil, por lo que se les atribuyó responsabilidad en los delitos de homicidio y desaparición forzada.

Una vez el tribunal de paz acogió la investigación, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas les solicitó a los exmiembros de la fuerza pública que presentaran un compromiso concreto, claro y programado de régimen de condicionalidad, en 10 días hábiles.

En el documento deben expresar cómo harán su contribución a los fines del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. «Su contribución debe ser seria, significativa y completa para los derechos de las víctimas y no abstracta ni etérea», señaló la Sala.

Lo que dice la JEP es que esta propuesta deberá tener información, por lo menos, de la época y forma como obtuvieron el contacto con las Ausac, las actuaciones que realizaron conjuntamente, las circunstancias de tiempo, modo y lugar como obtuvieron la información previa de la incursión paramilitar que se llevó a cabo en Barrancabermeja, los acuerdos efectuados con el grupo paramilitar, las actuaciones u omisiones que realizaron para contribuir a los hechos criminales y suministrar información respecto de la desaparición forzada de las víctimas.

En la misma decisión, la Sala le otorgó al coronel (r) Correa López el beneficio de la Privación de la Libertad en Unidad Militar o Policial. Sobre los oficiales Prada Escobar y Daza Camargo, no hubo decisión, ya habían obtenido la libertad en la justicia ordinaria, por vencimiento de términos.

Dentro de este proceso, la JEP ya ha acreditado como víctimas a tres personas. «En la misma Resolución, la Sala aceptó el sometimiento de Antonio Enrique Daza Camargo, por otro proceso en el que está siendo investigado por muertes ilegitimamente presentadas como bajas en combate en el Juzgado Penal del Circuito de Saravena (Arauca)», dijo el tribunal.

BOGOTÁ (Colprensa).

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