HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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Bares y discotecas no podrán expender bebidas alcohólicas

Los ministerios de Salud y de Comercio, Industria y Turismo establecieron las medidas de control en algunos establecimientos por causa del COVID-19, las cuales regirán a partir de la fecha y hasta el próximo 15 de abril.

En la resolución 459 de 2020 se determina como medida sanitaria preventiva y de control en todo el territorio nacional la clausura de los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, de baile, ocio y entretenimiento, y de juegos de azar y apuestas (casinos, bingos y terminales de juegos de video).

Cabe aclarar que la medida no será aplicable a los servicios prestados en establecimientos hoteleros. Además, los locales comerciales a los que se hace referencia la determinación y que prevean en su objeto social, la venta de comidas y bebidas, permanecerán cerrados al público y únicamente podrán ofrecer estos servicios por  comercio electrónico o por entrega a domicilio.

En esta misma línea, se adopta también la suspensión del expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro de los establecimientos.

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