Los ministerios de Salud y de Comercio, Industria y Turismo establecieron las medidas de control en algunos establecimientos por causa del COVID-19, las cuales regirán a partir de la fecha y hasta el próximo 15 de abril.
En la resolución 459 de 2020 se determina como medida sanitaria preventiva y de control en todo el territorio nacional la clausura de los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, de baile, ocio y entretenimiento, y de juegos de azar y apuestas (casinos, bingos y terminales de juegos de video).
Cabe aclarar que la medida no será aplicable a los servicios prestados en establecimientos hoteleros. Además, los locales comerciales a los que se hace referencia la determinación y que prevean en su objeto social, la venta de comidas y bebidas, permanecerán cerrados al público y únicamente podrán ofrecer estos servicios por comercio electrónico o por entrega a domicilio.
En esta misma línea, se adopta también la suspensión del expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro de los establecimientos.