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Los colombianos que no podrán parar durante la cuarentena

La cuarentena nacional obligatoria decretada por el presidente Iván Duque, para prevenir y contener el contagio del Covid-19 en el país, ha generado multiplicidad de preguntas, centradas de manera especial en el ámbito laboral, pues muchos no podrán dejar de ejercer sus labores y requerirán de medidas de cuidado especiales para su trabajo.

En este contexto están «todas aquellas actividades que impliquen aglomeración de personas en número superior a tres o cuatro trabajadores (…) claramente hay actividades productivas que no pueden parar; ahí está todo lo relacionado con alimentos, con medicinas, fármacos, entre otras», explicó Miguel Pérez, presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales, Acoset.

Cabe resaltar que, de acuerdo con el informe de vulnerabilidad laboral entregado por el observatorio laboral de la Universidad del Rosario, el 66,3 % de trabajadores colombianos son vulnerables a las restricciones de movilidad. Esto incluye a ocupados formales e informales sin posibilidad de ejercer el teletrabajo.

«La pandemia y las medidas para mitigar su propagación afectan un grupo importante de ocupados, bien sea porque se reduce su capacidad de generar ingreso o porque no cuenta con mecanismos de protección ante una incapacidad. En total se estima que más de 14 millones de trabajadores se verían afectados por estas causas», dice el texto.

Sin embargo, hay un marco regulatorio que establece las obligaciones de los empleadores para con sus trabajadores, especialmente en el marco de la emergencia que está enfrentando el país.

«La ley actual le impone responsabilidades a los patronos de los trabajadores. Esa responsabilidad incluye su integridad física, su estado de salud y los riesgos de contagio que esas actividades puedan generar sobre la población en general», explica el abogado y economista José Roberto Acosta.

Cabe recordar que este fin de semana, el Gobierno Nacional dio a conocer 34 casos específicos en los que ciudadanos podrán circular por las calles. Varios de ellos corresponden a actividades laborales. Entre ellas se encuentran: todo lo relacionado a la cadena de abastecimiento de productos médicos (transporte, almacenamiento, comercialización); abastecimiento de productos de primera necesidad; servicios gastronómicos por entrega domiciliaria; call centers con funciones relacionadas, entre otros.

El gobierno fue enfático en el cumplimiento de las condiciones sanitarias y de cuidado social y colectivo para evitar la propagación del coronavirus.

BOGOTÁ (Colprensa).

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