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Autorizan recursos de regalías para la emergencia sanitaria

El Ministerio de Minas y Energía informó que se habilitó la aprobación directa de los proyectos de inversión con recursos de regalías por parte de las entidades territoriales beneficiarias de asignaciones directas municipales y departamentales, y del 40 % del Fondo de Compensación Regional.  

Según explicó la cartera, los municipios, distritos y departamentos que reciben asignaciones directas de regalías son aquellos donde se desarrollan actividades de producción minera o de hidrocarburos, por las cuales las empresas deben realizar aportes económicos al Estado.

La norma quedó consignada en el Decreto 513 del 2 de abril de 2020, donde se estipuló que los proyectos de inversión que no necesitarán pasar por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, son aquellos que se definían en los Ocad municipales y departamentales y que tengan por objeto la implementación de las acciones necesarias para la atención y ayuda de emergencia.

La ministra de Minas y Energía, María Fernanda Suárez, señaló que las regalías que genera el sector minero energético son una fuente fundamental de recursos para la ejecución de obras y proyectos que beneficien a las comunidades.

“Esta decisión del Gobierno nacional busca facilitar y agilizar la inversión de los recursos en las regiones para hacer frente a los hechos que originaron la declaratoria de emergencia por el Covid-19″, señaló Suárez.

De igual forma, el Decreto da la facultad a alcaldes y gobernadores que no hayan contratado proyectos anteriormente aprobados, y que no sean prioritarios dada la coyuntura actual, para que puedan desaprobarlos y así tener más disponibilidad presupuestal para atender la emergencia.

La Comisión Rectora, órgano encargado de definir la política general del Sistema General de Regalías, redujo de 11 a 4 el número de requisitos para el trámite de los proyectos de inversión que se encuentren en el marco de la Declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

“Desde el Gobierno Nacional estamos comprometidos con facilitar la atención de la emergencia que estamos viviendo producto del Covid-19, por ello le brindamos apoyo a las entidades territoriales para que puedan financiar proyectos de inversión”, señaló el director del Departamento Nacional de Planeación (DNP), Luis Alberto Rodríguez.

Por eso, se pasó de tener once requisitos generales, exigidos en el Acuerdo Único, a cuatro para viabilizar esas nuevas inversiones.

  1. El proyecto de inversión debe haberse formulado a través de la Metodología General Ajustada (MGA).
  2. Se debe presentar una copia del acto administrativo de declaratoria de la situación de calamidad pública vigente, expedido con posterioridad al 17 de marzo de 2020.
  3. Certificado del representante legal de la entidad que suscribió el plan de acción específico.
  4. Certificado suscrito por el representante legal de la entidad en el cual se indique que las actividades que se pretenden financiar con recursos del SGR no están siendo, ni han sido financiados con otra fuente de recursos.

BOGOTÁ (Colprensa).

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