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Decreto elimina restricción de horarios de los domicilios

El gobierno nacional reversó la medida de restricción que le había impuesto a la operación de los domiciliarios en el país durante las noche de los días en que dure la cuarentena nacional, la cual fue ampliada hasta el 26 de abril. Esa medida había generado un rechazo de parte de los domiciliarios porque consideraron que entre las ocho y las diez de la noche es cuando tienen una amplia operación, lo cual les afectaba.

De acuerdo con un nuevo decreto del Ministerio del Interior se levantarían las restricciones de horarios para la entrega de domicilios en medio de la cuarentena por cuenta del Covid-19.

Cabe recordar que el 8 de abril se emitió el decreto 531 en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público, el cual señalaba, entre otras cosas, que los servicios de domicilios están exentos de las medidas del aislamiento obligatorio pero deberán operar únicamente desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.

Sin embargo, a partir de este lunes 13 de abril a las 00:00 horas regirá el decreto 536, el cual modifica la norma anterior y elimina las restricciones de horarios, por lo que habrá horario libre para dicho servicio.

La Ministra del Interior, Alicia Arango Olmos, explicó que «el horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio».

Asimismo, la jefe de la cartera reiteró su llamado a los domiciliarios para que cumplan con las medidas de protección. “Deben contar con todas las medidas de bioseguridad, como el tapabocas, gel, guantes y mantener la distancia de 2 metros entre cada persona”, indicó Arango.

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