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La Superintendencia Nacional de Salud ordenó medidas cautelares de cesación provisional contra las EPS Medimás, Coomeva, Savia Salud, Comparta, Ambuq y Convida, para que resuelvan de fondo y de manera inmediata 14.130 peticiones, quejas y reclamos que tienen desde enero de 2019, relacionadas con la autorización y entrega de medicamentos, la prestación de todo tipo de servicios y los tratamientos a pacientes de alto costo.
El máximo órgano de vigilancia del sector salud obligó a estas EPS a que remitan un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes y a demostrar los resultados efectivos que garanticen de manera inmediata la respuesta a los siguientes casos: Medimás 7.248, Coomeva 3.861, Convida 1.052, Savia Salud 695, Comparta 579 y Ambuq 695.
La mayoría de estas peticiones, quejas y/o reclamos, fueron radicados ante la Superintendencia a lo largo de 2019, y hasta el 31 de marzo de 2020 y muchas de ellas se clasifican dentro de la categoría de “riesgo de vida”, es decir que requieren de atención inmediata, no mayor a dos días hábiles.
Las EPS Medimás y Coomeva concentran el 79% de las quejas que deben ser atendidas con inmediatez. Mediante resoluciones 002018, 002019, 002023, 002024, 002025 y 002048 de abril de 2020, la Supersalud busca con estas “medidas cautelares de cesación provisional” que las EPS eliminen las barreras administrativas que han obstaculizado o negado el acceso a sus afiliados, incluso a servicios básicos como la programación de citas médicas, la autorización de procedimientos o la entrega de tecnologías de salud.
“No vamos a permitir que los derechos de los usuarios sean vulnerados, más si tenemos en cuenta la emergencia sanitaria que atravesamos; aquí las EPS tienen la responsabilidad de garantizar, no solo durante esta situación sino de manera continua, una atención en salud en términos de disponibilidad, oportunidad, accesibilidad y calidad y para quienes no cumplan seremos implacables con las sanciones”, aseguró el Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel.
Orden de atención inmediata Las órdenes proferidas obligan a que, de manera inmediata, sean resueltas las dificultades identificadas por el ente de control, relacionados fundamentalmente con la entrega de medicamentos y las barreras de atención a pacientes de alto costo. “Es inaceptable que los usuarios tengan que seguir padeciendo dificultades para acceder a los servicios de salud; todas las EPS tienen la responsabilidad de garantizar el derecho a la salud y más tratándose de usuarios con protección especial como es este caso”, agregó el Superintendente Aristizábal Ángel.