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Piden a la ANLA no adelantar virtual la audiencia del glifosato

Así como o había hecho la Procuraduría, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo pidió a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), no adelantar audiencia virtual sobre el uso del glifosato en el país.

El llamado lo han hecho en el marco del procedimiento de modificación del Plan de Manejo Ambiental con el que la Policía Nacional busca retomar las aspersiones áreas con Glifosato en 104 municipios distribuidos en 14 departamentos del país.

El colectivo, mediante petición radicada ante la ANLA, solicitó revocar esta decisión contenida en el Auto 03071 del 16 de abril, y planteó que aún cuando la audiencia fuese de forma presencial, la entidad no debió haberla decretado.

A juicio del colectivo, el decreto de esta audiencia pública ambiental se da por fuera de la oportunidad procesal y de las condiciones legales para decretarla. Según la norma, la oportunidad procesal para celebrar la audiencia pública ambiental debe ser con anticipación al acto que le ponga término a la actuación administrativa, esto es cuando ya se esté en una fase final del trámite, y solamente podrá realizarse a partir de la entrega de los estudios ambientales y documentos que se requieran y de la información adicional solicitada.

Para la organización, en el presente caso aún no se tiene la certeza que la ANLA haya recibido la totalidad de conceptos que deben rendir las corporaciones autónomas regionales y demás institutos especializados.

«Hasta el momento, solo se conoce que la ANLA ha sostenido reuniones con la misma Policía Nacional y otras instituciones estatales sin que se haya convocado e invitado a participar oficiosa y directamente a organizaciones sociales y comunidades directamente afectadas con la toma de esta decisión y que estas hubiesen tenido también la oportunidad de requerir documentos e información adicional necesaria para la toma de la decisión», anunciaron.

Para la organización, la ANLA no ha cumplido las condiciones exigidas por la sentencia emitida por la Corte Constitucional en 2017, respecto de garantías reforzadas de participación que requiere la toma de decisión sobre la reanudación de las aspersiones.

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