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Gobierno aplazó firma del contrato del dominio .co

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) oficializó mediante una adenda la nueva fecha para la firma del Contrato de Operación del Dominio .CO, fijando el día 18 de mayo como el nuevo plazo para suscribirlo.

La decisión se adoptó en “atención a la solicitud de suspensión de fecha 20 de abril de 2020 emitida por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, en ejercicio del artículo 160 de la Ley 734 de 2002, como una medida preventiva y con el propósito de brindar al ente de control todas las explicaciones que sean requeridas y que éste cuente con el tiempo adecuado para analizar los argumentos del MinTIC”.

La acción de la Procuraduría se refiere a un supuesto error matemático cometido durante esta diligencia el pasado 3 de abril, por la cual se dio como válida la propuesta de Co Internet S.A.S cuando en realidad no lo era. En la comunicación de la Procuraduría al ministerio se expone nuevamente el error que esa cartera ha negado insistentemente.

Adicional a esto, DotCO, el otro participante en la licitación, interpuso una acción de tutela la cual fue desestimada por la justicia, quien decidió no fallar de fondo por considerar que el problema es de “mera legalidad”, es decir que se refiere a discrepancias en los pliegos de la licitación.

El Consorcio Dotco solicitó el pasado 16 de abril, a través de tutela, el amparo al debido proceso frente al proceso de adjudicación del Dominio .CO, afirmando que las fórmulas matemáticas que definían los puntajes de los proponentes se aplicaron de una manera diferente a la consignada en los pliegos de condiciones.

El 21 de abril el MinTIC allegó al juzgado las precisiones solicitadas acerca de la fórmula, explicando que el cálculo utilizado correspondió a una fiel aplicación de lo contenido en el Pliego de Condiciones de la licitación; además presentó sus argumentos sobre la improcedencia de la acción de tutela.

Finalmente, el 30 de abril, el Juzgado 42 de Bogotá emitió respuesta a través de sentencia 2020-067, fallando a favor del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al declarar improcedente la acción de tutela interpuesta por el Consorcio Dotco.

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