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Aprobada la cadena perpetua para los asesinos y violadores de niños

Después de ocho intentos por reformar la Carta Política, por fin el Congreso de la República  aprobó en octavo y último debate la reforma constitucional que establece la cadena perpetua por los violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes.

Siendo una de las reformas constitucionales más importantes en la historia del país, éste jueves quedó aprobada en la plenaria del Senado de la República, en su octavo debate, el acto legislativo por medio del cual se instaura en Colombia la cadena perpetua contra los violadores y asesinos de menores de edad en el país.

El cambio constitucional se logró luego de una amplia discusión por una recusación que se dio contra la plenaria, en el sentido que estarían impedidos para votar el proyecto, pero la misma se negó. La cadena perpetua fue respalda por la mayoría se los partidos, entre ellos Centro Democrático, Conservador, Cambio Radical, La U, Liberal y unos pocos de la Alianza Verde.

Se opusieron a la aprobación de la misma los partidos Polo Democrático, las Farc, Colombia Humana, y algunos senadores como Roy Barreras, Rodrigo Lara y Gustavo Petro, entre otros.

EL TRÁMITE

Después de ocho intentos por reformar la Carta Política, por fin el Congreso de la República  aprobó en octavo y último debate la reforma constitucional que establece la cadena perpetua por los violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes.

La nueva norma constitucional establece que la condena de cadena perpetua podrá ser revisada a los 25 años para evaluar el proceso de resocialización de los condenados, sin que ello signifique que habrá excarcelación en ese momento, según explicó el senador Miguel Ángel Pinto.

“El país puede tener la seguridad de que la prisión perpetua no es para que los condenados puedan salir a los 25 años, si fuera así yo no estaría respaldando este proyecto, lo votaría en contra”, señaló el congresista.

La iniciativa fue aprobada por 72 votos, pues la bancada de oposición se retiró de la sesión virtual argumentando que no fueron resueltas algunas recusaciones.

Por tratarse de una reforma constitucional, la nueva norma no requiere de revisión de la Corte Constitucional, sino que se espera la publicación en el Diario Oficial para que entre en vigor. No obstante, por protocolo la norma aprobada será remitida a la Presidencia de la República.

Esta reforma introduce cambios en el artículo 34 de la Constitucional Nacional que establece: “Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación”.

De esta forma, queda a criterio de los jueces la valoración de las pruebas para imponer la cadena perpetua, que en adelante será la máxima sanción punitiva en  nuestro país, pues su objetivo es que sea la excepción y no la generalidad.

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