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La imputación de la Fiscalía a los soldados deja mensajes muy graves: Expertos

La violación de una menor de 12 años, de la comunidad Embera, por parte de siete hombres del Ejército Nacional, ocurrido en el corregimiento de Santa Cecilia, del municipio Puerto Rico, Risaralda, el pasado 22 de junio, provocó el rechazo unánime de las autoridades y los líderes de opinión en el país.

Con mucha indignación, el fiscal General Francisco Barbosa, acusó a los soldados, que prestaban servicio militar en el Batallón de San Mateo de «manchar el honor» de la menor y el presidente Iván Duque incluso habló de “estrenar” con ellos  la cadena perpetúa, aunque muy pronto se aclaró que esta sanción, aprobada la semana pasada por el Congreso, no alcanzaba a cobijar a los soldados, por la fecha en que ocurrió el hecho.

En muy pocas horas, la Fiscalía General de la Nación capturó a los hombres, les imputó cargos ante un juez y anunció que habían aceptado su responsabilidad, lo cual fue muy bien recibido como una respuesta eficaz de la entidad.

Pero al entrar en detalles de la imputación, surgió una controversia que puede tener serias implicaciones dentro del proceso: la Fiscalía les imputó a los soldados el delito de acceso carnal abusivo y no el de acceso carnal violento, que sería el que correspondería por haberse tratado de una violación.

Reconocidos penalistas reprocharon la actuación del fiscal del caso. Para el abogado Francisco Bernate la actuación ha sido un “verdadero despropósito” del ente acusador.

“La misma imputación es bastante curiosa en tanto que lo que se está señalando es que la mujer accedió a tener el encuentro sexual con estas personas”, señaló el penalista a la vez que explicó que el delito de acceso carnal abusivo corresponde a un acto sexual consentido, pero con menor de 14 años. Es decir, mientras que la violación implica el uso de la fuerza, este delito se comete solo por la edad de la víctima, así haya sido un acto sexual consentido.

El penalista argumentó que al imputarle cargos a los soldados con ese delito se está revictimizando a la menor. No obstante, tras dicho error, a juicio del penalista lo peor estaría por venir. «Peor que eso ha resultado lo que han venido en las horas después, al señalar que eso no es un problema porque la sanción es la misma, lo cual es verdad, pero señalar que no se utilizó la tipología de la violación da apariencia a que ella no resistió sino que por el por el contrario quiso. Eso abre carrera a una situación muy complicada en Colombia”.

Para el abogado, este hecho consiste en que se va a exigir que se establezca una “resistencia heroica” por parte de la víctima. “Eso no puede ser así, puede existir una violación sin que se presente dicha resistencia. Pero lo que adicionalmente se dice es que tenemos que estar tranquilos que hay judicializados al final del día”.

De acuerdo con Bernate, esa “tranquilidad” que mencionan desde el búnker es un mensaje errado, porque en aras de actuar con celeridad, la justicia no puede modificar «lo que a todas luces fue una violación y llamarlo un acto consentido».

Bernate señaló que los dos mensajes de la Fiscalía son muy graves, debido a que, “si usted no se resiste es porque quiere, y que una niña pueda consentir una relación sexual con siete hombres, son mensajes sumamente delicados”.

Por su parte, el también penalista y exfiscal Camilo Burbano reprochó la actuación de la Fiscalía, sin embargo, dejó claro que a dicha actuación solo se podría oponer el abogado de las víctimas, o en su defecto la Procuraduría que asistió a la diligencia, esto debido a que el ente acusador fue quien consideró que ese fuese el delito, y la parte acusada lo aceptó.

De acuerdo con el penalista, pese a que hay un error en la imputación, por una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, no se puede variar esa calificación punitiva.

Bajo ese entendido, para Burbano los siete soldados dentro de pocos meses serán condenados por el delito que aceptaron. No obstante, coincidió con Bernate en que si bien el delito de acceso carnal abusivo y el acceso carnal violento tienen la misma cantidad de años en prisión, hay una connotación importante en el delito que se imputa.

“Haber quitado el componente de violencia invisibiliza la situación de la víctima y no responde a la verdad de los sucedido”, argumentó Burbano a la vez que añadió que en este caso los hombres se enfrentarían a una pena entre los 15 y 30 años.

Sobre la rebaja respecto de la aceptación de cargos, el penalista dejó claro que no hay ese beneficio en este caso, porque en el Código de Procedimiento Penal hay una prohibición que consiste en que cuando se acepta responsabilidad, pero los hechos fueron cometidos en un menor de edad, no hay ventaja.

En cuanto a las rebajas por estudio y trabajo, como ha ocurrido con Rafael Uribe Noguera, confeso asesino y abusador de la pequeña Yuliana Samboní, ocurrido en diciembre de 2016, el penalista dejó claro que los soldados tienen el derecho a tal beneficio debido a que esto no puede ser retirado del ordenamiento jurídico porque hacen parte de la política de resocialización de las personas privadas de la libertad.

La decisión de la Fiscalía fue incluso criticada por la  vicepresidenta Marta Lucía Ramírez.

“Soy respetuosa de la autonomía de todas las  entidades, pero tengo que decir en este caso que estoy totalmente en desacuerdo. Aquí hay una violación, aquí no se trata de un abuso ni de un acceso (abusivo) sino violento. Esto es una violación y si no llamamos las cosas por su nombre entonces después vamos a ver al juez de garantías teniendo  un tratamiento benigno que no puede haber en este caso”, aseguró la vicepresidenta.

Según la mandataria, cualquier acto  sexual con un menor se entiende como violación y no como abuso. Pese a los señalamientos, el mismo fiscal General, ha defendido la actuación de la entidad, destacando la rapidez con la que se hizo la imputación de cargos.

BOGOTÁ (Colprensa).

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