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Industrias culturales, listas para su reactivación

La norma reglamenta obligaciones generales como establecer reportes del estado de salud del personal, capacitación sobre seguridad y salud en el trabajo, uso de elementos de protección personal.

Con el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud dentro de la pandemia por el Covid-19, cada una de las agrupaciones instituciones, entidades, espacios culturales y empresas dedicadas a las artes escénicas, producciones audiovisuales, y las industrias culturales afines, puede avanzar en el diseño de sus protocolos para disminuir el riesgo de transmisión del virus y acceder a la autorización por parte de la autoridad territorial correspondiente, con el objetivo de reiniciar labores.

La resolución establece la posibilidad de desarrollar servicios de preproducción, producción y posproducción de contenidos audiovisuales, cinematográficos y para artes escénicas, así como los oficios de la música fonograbada.

El sector de las artes escénicas y la música se verá beneficiado, al permitirse las actividades profesionales que posibilitan la transmisión de obras artísticas y audiovisuales de forma remota, puesto que aún no hay autorización para actividades con público.

La norma reglamenta obligaciones generales como establecer reportes del estado de salud del personal, capacitación sobre seguridad y salud en el trabajo, uso de elementos de protección personal, distanciamiento físico entre el personal, operación de equipos limitada a personal específico y especializado, así como horarios flexibles. También contempla recomendaciones directas para contratistas y empleados, dentro y fuera de las actividades laborales.

El decreto también permite que los teatros o salas de conciertos puedan retornar a sus actividades, para producir contenidos de las artes escénicas (música, teatro, danza y circo) sin público. De esta manera, dichos espacios puedan abrir sus escenarios para avanzar en la producción o grabación de sus obras y proyectos artísticos.

El protocolo busca activar la cadena de valor de estas actividades, dado que son muchos los actores que están incluidos en la tras escena de la producción artística.

La resolución especifica en su segundo artículo que “la implementación del mismo depende de la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda a la actividad económica”.

De igual forma, la medida establece que las producciones audiovisuales implementen la realización de actividades de desarrollo y planeación de forma remota, así como pruebas de selección a través de videos o video llamadas de seguimiento.

Se establece además, la posibilidad de solicitar a proveedores de servicios la aplicación de protocolos de bioseguridad, la prohibición de compartir dispositivos de comunicación u otras herramientas personales de trabajo y la eliminación de escenas que generen aglomeración de extras. /[email protected]

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