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Exsenador Nader perdió batalla por doble conformidad

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia negó la tutela de doble conformidad que interpuso en septiembre pasado el exsenador Mario Salomón Nader, quien fue condenado a 90 meses de prisión por relación con paramilitares.

Nader Muskus quien fue condenado por tener nexos con el Bloque Élmer Cárdenas de las Autodefensas Unidas de Colombia, se unió a los congresistas que solicitaron que la nueva Sala de instrucción y juzgamiento de la Corte Suprema revise su condena.

Náder Muskus fue condenado a siete años y seis meses de prisión por querer asegurar una curul en el capitolio durante 2012 con ayuda de paramilitares. El excongresista fue sentenciado en esa época en única instancia porque para ese entonces no se había creado la Sala de Instrucción, ni de juzgamiento con la cual los senadores pueden tener acceso a que su condena sea revisada en una segunda ocasión.

La primera batalla que dio Náder para lograr que se le declarara inocente se registró en marzo de 2018, sin embargo, el alto tribunal rechazó el recurso.

Pese a la negativa, Náder no descartó que su caso hubiese sido fallado a su favor por lo que no ha cesado sus acciones legales, y estas llegaron al despacho del magistrado Eyder Patiño, pero al llegar allí, la defensa del exsenador recusó a los magistrados que hacían parte de la Sala.

La recusación se registró debido a que el expresidente de la Corte José Luis Barceló, quien ya no hace parte de la corporación porque culminó su periodo, señaló en varias ocasiones que el beneficio de doble instancia no podría ejecutarse en sentencias ya emitidas años atrás.

Así las cosas, tras rechazar en más de una ocasión la recusación contra los magistrados, la Sala determinó que el magistrado Patiño debía seguir con el curso de la investigación para determinar sí finalmente Náder Muskus es responsable de tener nexos con paramilitares.

Sin embargo, este martes trascendió que para “la Sala, no se incurrió en la vulneración denunciada, pues, la sentencia C-792 de 2014 se emitió el 29 de octubre de 2014 y, conforme a las consideraciones jurisprudenciales aquí expuestas, para decursos terminados y fallos que hubiesen hecho tránsito a cosa juzgada antes de esa calenda, se torna improcedente el ruego tuitivo ahora formulado”.

El excongresista ha señalado en más de una ocasión ser inocente de lo que se le acusó.

/Colprensa

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