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Juzgado ordenó el pago de la sobretasa bomberil en Nueva Granada

El Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Santa Marta Procede a dictar la sentencia de primera instancia, dentro del proceso de la referencia, iniciado por el cuerpo de bomberos voluntarios de Nueva Granada, en contra del municipio, relacionado con el pago de la sobretasa bomberil correspondiente a los años 2016, 2017, 2018, 2019 y los que se han causado del año 2020. 

Esta solicitud fue hecha teniendo en cuenta que es deber del Alcalde del Municipio de  Nueva Granada velar por la debida ejecución de los recursos que transfiera al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Nueva Granada, motivo por el cual debe hacer un estricto control de los recursos transferidos a la institución, ya que de la ejecución de los recursos depende la efectiva prestación del servicio.

Lo anterior atendido la naturaleza pública de los recursos girados por concepto de sobretasa bomberil y su destinación específica, los que no pierden su condición al ser transferidos al Cuerpo de Bomberos. Así las cosas, es deber del Alcalde del Municipio de Nueva Granada adelantar todas las acciones necesarias para velar por la debida ejecución, utilización e inversión de los recursos públicos transferidos para la prestación del servicio, inclusive adelantar las gestiones ante las entidades de control para la verificación de la destinación de los recursos.

Para que los bomberos puedan prestar un buen servicio a los habitantes de los diferentes municipios del departamento del Magdalena,   se debe tener en cuenta las necesidades de toda la población, la extensión del territorio, los riesgos asociados entre otras cosas, que si no cuentan con los recursos necesarios no se pueden cumplir poniendo en riesgo a quienes habitan en los diferentes municipios.

Cabe aclarar que tratándose de cuerpos de bomberos voluntarios, como entidad privada sin ánimo de lucro, no están obligados a prestar un servicio público esencial, si la alcaldía municipal no transfiere los recursos necesarios para su funcionamiento administrativo y operativo    con cobertura de calidad.

Anteriormente el Subdirector Estratégico y de Coordinación Bomberil, Capitán Jairo Soto Gil, solicitó mediante un oficio al alcalde de Nueva Granada, Jairo Saúl Farelo Noriega, la celebración del  respectivo convenio con el cuerpo de bomberos voluntarios, de su jurisdicción, con el fin de garantizar la eficiente prestación y financiación continua del servicio público esencial de bomberos, con el fin de evitar posibles fallas en la prestación del anotado servicio, que afecte la seguridad e integridad de los habitantes del territorio, so pena de incurrir en sanciones disciplinarias.

Se espera que con este fallo, la alcaldía se pronuncie al respecto sobre el pago de la sobretasa y gire los dineros correspondientes lo más pronto posible.

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