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Pago a plazos de los aportes aplazados por la emergencia

La asociación que agrupa a las administradoras de Fondos de Pensiones, Asofondos, reaccionó a la decisión de la Corte Constitucional, que declaró inexequible el Decreto 558 de 2020, que permitió una reducción por dos meses en el pago de los aportes a pensiones por parte de empleadores y trabajadores. 

Asofondos señaló que espera conocer el texto completo del fallo y las decisiones del Gobierno para implementarlo, pero sugirió que para este pago se dé un plazo sin intereses de mora.

“Creemos que una buena medida puede ser que las empresas y los trabajadores tengan un periodo de entre 12 y 18 meses para pagar dichos aportes sin ningún interés de mora”, señaló su presidente, Santiago Montenegro.

Las administradoras de fondos de pensiones cuentan con más de 16 millones y medio de afiliados, que han obtenido una rentabilidad del 8% real en su ahorro pensional, que a junio alcanzó los $273 billones.

El decreto también obligaba a trasladar el ahorro de 20 mil pensionados por los Fondos de Pensiones (cuyos ahorros ascienden a unos $5 billones) a Colpensiones. Esto ya no se hará efectivo con la decisión de la Corte.

“Sin embargo, el gobierno mismo con la expedición del Decreto modificatorio 802, ya recogía algo de lo fallado recientemente por la Corte Constitucional. En tal sentido, consideramos que se respeta el derecho individual del afiliado y, de paso, se ratifica la importancia del ahorro individual para la tranquilidad del trabajador en su etapa de retiro”, aseguró Montenegro.

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