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Las madres sustitutas quedaron sin pensión

Las madres sustitutas del país sin pensión tendrán reconocimiento económico por labor desarrollada en beneficio de niñas, niños y adolescentes, entre $220.000 y $280.000 mensuales. 

Este beneficio será para las madres sustitutas que hayan laborado por un tiempo no menor a 10 años, según el Decreto 1173 de agosto de 2020, expedido por el Ministerio de Trabajo.

El Artículo 2015 del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, estableció que “las personas que dejen de ser madres sustitutas a partir del 24 de noviembre de 2015, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión, tendrán acceso a un subsidio”.

Por lo que de ahora en adelante el Gobierno Nacional otorga un subsidio económico mensual para las mujeres que acrediten la condición de retiro ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a partir del 24 de noviembre de 2015, y que no puedan acceder a una pensión, aseguró el Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar será la entidad encargada de hacer la selección de los beneficiarios, priorizando los siguientes criterios:

  • La edad del aspirante no podrá ser inferior a la edad de pensión de vejez.
  • El nivel de puntaje del Sisbén para el ingreso al programa.
  • El tiempo de permanencia como padre o madre sustituta.
  • La situación de discapacidad física o mental del aspirante.

El subsidio económico para las personas que hayan trabajado como madres sustitutas en beneficio de niñas, niños y adolescentes del país será financiado a través del Fondo de Solidaridad Pensional y recursos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Además, hay que tener en cuenta que la persona beneficiada perderá el subsidio en los siguientes eventos:

  • Por muerte del beneficiario.
  • Por mendicidad comprobada como actividad productiva.
  • Por percibir una pensión o cualquier otro subsidio.

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