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Corte niega derecho a la doble conformidad  al excongresista García 

La Corte Suprema de Justicia denegó la solicitud del exsenador Álvaro García Romero de reconocerle el derecho a la impugnación especial aprobada a través de las sentencias C-792 de 2014 y SU-146 de 2020, esta última en la que se tutelaron los derechos fundamentales de Andrés Felipe Arias. 

En el escrito enviado a la Secretaría de la Sala de Casación Penal, García afirmó que estaba incurso en el marco fáctico de las sentencias de la Corte que determinaban que aquellos que fueron condenados en única instancia podrían acceder a una apelación de su condena. Por eso, pedía rehabilitar los términos para la interposición y sustentación de una impugnación especial.

Según la Corte Suprema, García fue condenado antes del 30 de enero de 2014, fecha límite que ampara el derecho a la doble conformidad por ser el día en que la Corte Interamericana de Derechos Humanos profirió su sentencia en el caso Liakat Ali Alibux, exministro de Surinam.

La Corte Suprema recordó que el exsenador fue condenado el 23 de febrero de 2010 por la Sala de Casación Penal por los delitos de concierto para delinquir agravado, peculado por apropiación y determinador del punible de homicidio agravado por la Masacre de Macayepo.

 “Un ejercicio mínimo de confrontación entre las anteriores fechas determina que el beneficio de la doble conformidad no es aplicable al solicitante, ya que su sentencia se profirió años antes del término que fijó recientemente la Corte Constitucional para amparar este derecho”, determinó la Corte.

En el fallo, la Corte aseguró que García no tuvo en cuenta estos aspectos, por lo que su reclamación de la doble conformidad resulta impertinente e inconducente. /Colprensa

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