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Así transcurrió el proceso contra Uribe durante su prisión en casa

Poco más de dos meses pasó el expresidente Álvaro Uribe cumpliendo medida de arresto domiciliario por presunta manipulación de testigos, luego de que un proceso abierto por el exmandatario terminara siendo una investigación en su contra en la Corte Suprema de Justicia. 

En el año 2012, el expresidente Uribe denunció al senador Iván Cepeda, acusándolo de haber ofrecido importantes sumas de dinero a antiguos jefes paramilitares, para que estos declararan en contra del exmandatario. Dos testigos señalaban a Uribe como el presunto fundador del Bloque Metro de las Autodefensas y de ser autor de otros crímenes como la masacre del Aro.

Sin embargo, en el año 2018 la Corte Suprema determinó que no había pruebas suficientes para culpar a Cepeda de los delitos que se le acusaba. Al contrario, inició un proceso de indagación contra Uribe por presunto soborno a testigos.

El proceso ha estado en los reflectores de la opinión pública, más cuando Uribe se convirtió en el primero de los expresidentes del país en recibir orden de prisión domiciliaria por un proceso en su contra.

Estas son las fechas clave del proceso en los más de 60 días que el exsenador cumplió detenido en su finca El Ubérrimo:

– 4 de agosto: Corte Suprema ordena prisión domiciliaria contra el expresidente

Por medio de su cuenta de Twitter, el expresidente Álvaro Uribe anunció la tarde del martes 4 de agosto que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia le había notificado sobre una medida de aseguramiento en su contra por el proceso de presunto fraude procesal y soborno.

 “La privación de mi libertad me causa profunda tristeza por mi señora, por mi familia y por los colombianos que todavía creen que algo bueno he hecho por la Patria”, fueron las palabras del expresidente.

La Corte aseguró en ese momento que la medida de prisión domiciliaria había sido adoptada luego de un estudio jurídico riguroso que evidenció posibles riesgos de obstrucción a la justicia por parte del expresidente durante el recaudo de pruebas en su caso.

-12 de agosto: Uribe es reseñado como preso

El miércoles 12 de agosto, el entonces senador Álvaro Uribe recibió el número de preso 1087985, número otorgado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), para cumplir con su medida de casa por cárcel anunciada por la Corte ocho días antes.

-18 de agosto: El expresidente renuncia a su curul en el Senado

El martes 18 de agosto, Álvaro Uribe envió una carta al presidente del Senado, Arturo Char, presentando su renuncia a la curul que ocupaba en el Senado de la República. Según Uribe, la medida de detención domiciliaria en su contra anulaba sus posibilidades de regresar al legislativo.

En la carta, el exmandatario también denunciaba violaciones en las garantías de su proceso, interceptaciones ilegales y filtraciones a políticos y periodistas.

Ese mismo día, la plenaria del Senado, con 82 votos a favor, 12 en contra, una abstención y un impedimento, aprobó la salida del funcionario de su puesto en el Congreso. Los votos por el no fueron de senadores de la oposición que denunciaron que aceptar su renuncia al Senado era una forma de burlar la justicia.

Desde ese momento comenzaron las discusiones por los motivos de la renuncia, pues se denunció que esta era una movida de su defensa para llevar el caso a otra instancia de la justicia, aduciendo que Uribe ya no era parte del Senado de la República.

Así se prendió el debate sobre si su caso debía llevarlo la Corte Suprema de Justicia o si debía pasar a la Fiscalía General de la Nación.

-31 de agosto y 1 de septiembre: El caso pasa oficialmente a la Fiscalía

En una sesión extraordinaria de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, llevada a cabo el lunes 31 de agosto, se decidió enviar a la Fiscalía el expediente del exsenador Álvaro Uribe por presunta manipulación de testigos.

La decisión se notificó el martes 1 de septiembre y fue el resultado de una petición del abogado Jaime Granados, defensor de Uribe, quien alegó que al dejar su cargo en el Congreso Uribe no podía ser juzgado por el alto tribunal.

Un día después de la decisión, el 2 de septiembre, el senador Iván Cepeda presentó una recusación para apartar del caso al fiscal general, Francisco Barbosa, y la vicefiscal, Marta Mancera, al considerar que ambos tienen cercanía con el expresidente y con su partido político, recusación que luego fue rechazada por la Corte.

-4 de septiembre: Gabriel Jaimes asume el caso contra Uribe

Cuando el caso llegó oficialmente a la Fiscalía, fue asumido por el fiscal Gabriel Ramón Jaimes, coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, quien, según afirmó el ente investigador, fue asignado para garantizar el debido proceso y debido a la complejidad y al gran impacto nacional del caso contra el expresidente.

En esa misma ocasión, Jaimes determinó que Uribe debía seguir cumpliendo la medida de detención domiciliaria, pues su proceso se adelantaba por medio de la ley 906, del Sistema Penal Acusatorio, que determinaba que debía ser un juez quien revocara la medida de aseguramiento.

-16 y 22 de septiembre: Audiencias contra el expresidente

En el primer cara a cara de Uribe con la justicia ordinaria el pasado 16 de septiembre comenzó la discusión sobre el sistema procesal que debía regir el proceso contra el expresidente.

Según la defensa de Cepeda, el proceso del exsenador debía surtirse bajo la Ley 600 del año 2000, el mandato de la constitución para juzgar a los congresistas. Sin embargo, según la defensa de Uribe, el caso debía llevarse bajo la ley 906 del 2004, que rige los procesos contra las demás personas en la justicia ordinaria.

En esa oportunidad, el fiscal Jaimes afirmó que el caso debía llevarse bajo la ley 906, debido a que los hechos ocurrieron en 2018 y era el momento de los hechos el que debía determinar el camino del proceso.

¿Qué caracteriza a ambos sistemas? la ley 600 establece que el ente que investiga es también quien juzga, absuelve o condena, mientras que la ley 906 establece que será el fiscal quien investigue y será un juez quien emita la determinación final del caso.

En la audiencia del 22 de septiembre, la juez 30 de control de garantías determinó que debía ser la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia la que decidiera si el proceso debía llevarse por la ley 600 o por la ley 906.

-5 de octubre: Se define el sistema procesal por el que se llevará el caso

En la Sala Plena Extraordinaria adelantada entre el viernes 2 de octubre y el lunes 5 de octubre, la Corte Suprema de Justicia determinó que el proceso debe seguirse bajo la ley 906 de 2004.

La ponencia del magistrado Gerson Chaverra determinó que tras la renuncia al congreso de Uribe la ley 600 perdió viabilidad en el proceso contra el expresidente, quien perdió además el fuero que permite que lo investigue la Corte Suprema de Justicia.

-8 de octubre: Audiencia para definir libertad del expresidente

En una audiencia de más de 13 horas, el fiscal del caso Gabriel Jaimes le solicitó a la juez 30 de control de garantías dejar en libertad al exsenador, pues afirmó que a la luz de la ley 906, Uribe debe ser imputado antes de que se dicte una medida de aseguramiento como la que ordenó la Corte Suprema de Justicia.

-10 de octubre: Uribe es dejado en libertad por la juez de garantías

En una audiencia que comenzó a las 9:00 de la mañana, la juez 30 de control de garantías otorgó la libertad al expresidente Uribe. La juez Clara Salcedo apoyó los argumentos de la Fiscalía bajo los cuales no puede haber una detención sin una imputación de cargos en el proceso.

La decisión será apelada por la defensa del senador Iván Cepeda, quien afirmó que el fiscal del caso, Gabriel Jaimes, ha asumido una posición parcializada en el caso, desechando las garantías de las víctimas del proceso.

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