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Comisión de Seguimiento de los delitos electorales respaldó al fiscal Martínez

La Comisión de Política Criminal y Seguimiento a los Delitos Electorales hizo este martes un respaldo al fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, ante señalamientos que cuestionan recientes decisiones por tener supuestas intenciones políticas.

Así lo indicó en un comunicado la Comisión compuesta por el propio Fiscal, el Ministro de Justicia, el Procurador, el Defensor, la Sección Quinta del Consejo de Estado, la Registraduría, el Consejo Nacional Electoral, entre otros.

“Las decisiones que les fueron encargadas por la Constitución y la ley a las entidades con funciones jurisdiccionales o administrativas sancionatorias no tienen otro propósito que garantizar la vigencia del Estado de Derecho. Toda persona que infrinja las normas está sujeta a los resultados de la labor de las autoridades y ninguna de ellas está llamada a renunciar al ejercicio de su función por razones, pareceres o preferencias políticas”, indicó.

De acuerdo con la Comisión, todas las decisiones judiciales se basan y se justifican en las pruebas y “no son producto de una persecución política o del capricho de las autoridades”.

“Las decisiones judiciales y administrativas no son oportunas ni inoportunas, son las que se deben tomar al interior de un proceso en los tiempos en que la dinámica del mismo determine”, agregó.

 

MILLONARIA CONDENA

El Consejo de Estado condenó a la Fiscalía General de la Nación a reparar a las familias de 29 personas quienes fueron detenidas en Quinchía (Risaralda) por supuestos nexos con el EPL y de quienes nunca se pudo comprobar los señalamientos. Se trata de una indemnización que supera los 7.300 millones de pesos.

En septiembre del 2003, durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, se desarrolló la ‘Operación Libertad’, que derivó en la captura y posterior imposición de medida de aseguramiento de estas personas, y meses después terminaron siendo acusadas de rebelión, terrorismo, concierto para delinquir y algunas de ellas de secuestro extorsivo.

No obstante, en julio del 2005 un fiscal delegado ante el Tribunal Superior de Risaralda revocó la medida de aseguramiento y precluyó la investigación por falta de elementos materiales probatorios que relacionaban a estas personas de tener supuestos nexos de estas personas con grupos guerrilleros.

Por esa razón, estas personas interpusieron una acción de reparación directa que fue fallada a su favor al encontrar que la actuación de la Fiscalía fue desproporcionada, pues emitió una serie de decisiones que privaron a los demandantes de su libertad, con base en testimonios no contrastados de exmilitantes de la guerrilla del EPL.

Tras la apelación al fallo de reparación directa, el Consejo de Estado ratificó la responsabilidad del ente investigador al estimar que la Fiscalía no probó que los acusados hubieran cometido los delitos por los cuales los acusó y no acreditó que su presunto aporte a la subversión no fuera producto de la coacción a la que podría haber estado sometida gran parte de la población de Quinchía en la época de los hechos.

Para la corporación, testimonios de oídas en torno a la supuesta colaboración de los investigados con la insurgencia no eran suficientes para probar su accionar delictivo, pues “el accionar de la fuerza insurreccional y los rumores que se propagaban sigilosamente, sustituían a las fuerzas del orden”.

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