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Multa y cárcel para quienes use pólvora en Ciénaga

El alcalde Luis Alberto Tete Samper se ´amarró los pantolones´ y prometió a los cienagueros brindarles una fiestas decembrinas con cero quemados con pólvora. Para ello, a través del decreto N°. 340 del 4 de diciembre del 2020, prohibió  la fabricación, venta, uso, distribución,  manipulación y comercialización de la pólvora y productos pirotécnicos en todo el municipio de Ciénaga con el fin de preservar la vida de todos sus habitantes  durante la celebración de fin de año. Pero además, dispuso de cuantiosas multas y prometió judicializar a los irresponsables que usen pólvora y los denunciará personalmente ante la Fiscalía General para que sean encausados.

Las medidas adoptadas por la administración municipal  son:

  1. Prohibir la fabricación, venta, manipulación, uso, almacenamiento distribución o comercialización, transporte de pólvora, fósforo blanco, productos pirotécnicos y fuegos artificiales de toda clases (chispitas mariposas, luces de bengala, totes, volcanes, cohetes, globos etc).
  2. Prohibir la venta ambulante, estacionaria o informal de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en espacios públicos o sitios que siendo  privados  trasciendan a lo público,  a  menores de edad  y adultos.

En cuanto al comercio legalmente constituido y autorizado para la venta de artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, deberán contar con  licencia, permisos y autorizaciones de las autoridades del orden nacional y local,  del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo del Desastre, y la certificación de inspección del  Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Ciénaga.

De igual forma, las personas naturales y/o empresas que cuenten con licencia de funcionamiento, transporte,  y comercialización de pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales deben solicitar ante la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana el permiso para la manipulación y utilización en espectáculos públicos y de carácter recreativos-visual.

Por otra parte, la pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales incautados por la autoridad competente en los diferentes operativos de control se pondrán a disposición de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana de Ciénaga-Magdalena para ser entregados al cuerpo de Bomberos Voluntarios de Ciénaga para su destrucción.

Es importante aclarar que, los adultos que utilicen, permitan o induzcan a menores de edad a manipular, usar, transportar y comercializar artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, además del decomiso del producto, serán sancionados por la Policía Nacional de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 1801 de 2016.

Así mismo, las lesiones y quemaduras de niños, niñas y adolescentes ocasionadas por el uso de artículos pirotécnicos y fuegos  artificiales, causados por acción u omisión de sus padres o representantes legales se reportará a la Comisaría de Familia y/o Defensor de Familia del ICBF quien determinará las medidas de protección a adoptar para los menores afectados de conformidad con lo señalado en la Ley 1098 de 2006, sin perjuicio de las sanciones y medidas correctivas contempladas en la Ley 1801 de 2016 a aplicar por la Policía Nacional al adulto responsable.

Por su parte, la Policía Nacional vigilará el cumplimiento de lo preceptuado en el presente Decreto e impondrán a los infractores las sanciones y medidas correctivas previstas en la ley 1801 de 2016, ley 670 de 2001 y Decreto 4481 de 2006.

El alcalde Luis Alberto Tete Samper hace un llamado a la comunidad en general a compartir las fiestas de navidad y fin de año en familia sin pólvora para evitar quemaduras y sanciones.

 

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