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Consejo de estado pide a defensoría revisar situación de las Uri en Bogotá

El Consejo de Estado hizo un llamado a la Defensoría del Pueblo para que revise las situaciones actuales de las salas de detención transitoria en la ciudad de Bogotá.

Esto, “con la finalidad de que realice todas las actuaciones que resulten procedentes y que considere pertinentes para evitar que se vulneren los derechos fundamentales de éstos y de la población detenida en tales centros de reclusión en general”.

El pronunciamiento se dio a la hora de negar una solicitud de libertad que interpusieron tres policías que desde hace cerca de seis meses se encuentran detenidos en la Unidad de Reacción Inmediata de Puente Aranda en Bogotá, y que pretendían ser trasladados a una cárcel por haber sido cobijados con una medida de aseguramiento.

La Sección Tercera señaló que el recurso de habeas corpus no es el mecanismo idóneo para concretar el traslado al lugar de reclusión al que aspiraban los detenidos, pues se trata de un recurso que propende por dejar en libertad a quien se encuentra ilegalmente detenido.

“La pretensión de los accionantes al ejercer el mecanismo de hábeas corpus es completamente ajena al objeto y a la finalidad de la acción y el derecho constitucional ejercidos y no se observa que su restricción a su derecho a la libertad se hubiese dado de manera ilegal o arbitraria”, señala la decisión.

No obstante, el Consejo de Estado hizo un llamado al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), a la Coordinación de Establecimientos Carcelarios de la Policía Nacional, al Juzgado Coordinador del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio y al juzgado que actualmente se encuentre a cargo del proceso de los uniformados para que cumplan de manera coordinada sus funciones y estas personas sean trasladas al centro de reclusión ordenado.

“Igualmente, la presente decisión le será comunicada la Procuraduría General de la Nación, para que en el despliegue de su funciones preventiva y de vigilancia del cumplimiento de la Constitución, colabore con los entes referenciados o con los órganos que resulten pertinentes para la adecuada realización de sus tareas, de cara a quienes como los actores, se encuentren transitoriamente retenidos en circunstancias que puedan llevar a la vulneración de sus derechos humanos y fundamentales”, precisa la decisión. Bogotá Colprensa.

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