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Procuraduría confirma la sanción a exgobernadore´Mello´ Cotes y Rosa Cotes

La Procuraduría General de la Nación a través de un fallo proferido el pasado 22 de diciembre del 2020, confirmó la suspensión por doce meses a los exgobernadores Luis Miguel Cotes Habeych y Rosa Cotes de Zúñiga,  que le impuso la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal por posibles irregularidades en la ejecución del contrato de la Vía de la Prosperidad.

En esta oportunidad la Procuraduría General de la Nación con ponencia de Jorge Enrique Sanjuán Gálvez procurador Primero Delegado y Fernando Gómez Gutiérrez procurador Segundo Delegado, confirmó en todas sus partes la suspensión del falló proferido el pasado 30 de septiembre del 2020.

La medida inicial advierte que sancionó a Luis Miguel Cotes Habeych con la suspensión del cargo por 12  meses en su condición de gobernador del Departamento del Magdalena para el período 2012 y 2015; igualmente a Rosa Cotes de Zúñiga también suspensión del cargo por el mismo tiempo, en su condición de gobernadora del Departamento del Magdalena para el período 2016 y 2019.

Los exgobernadores antes mencionados habrían incurridos en posible irregularidades en la ejecución del contrato de obra No. 617 del 2013, proyecto Vía de la Prosperidad, para el mejoramiento de la carretera Palermo – Sitionuevo – Remolino Guáimaro, que se desarrolló en el Departamento del Magdalena, en la que al parecer, había inconsistencias en las diferentes etapas de la contratación y ejecución de las obras.

Por la Secretaría de la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, se notificará la presente decisión, a los sujetos procesales, Luis Miguel Cotes y Rosa Cotes de Zúñiga, advirtiéndoles que contra la misma no procede recurso alguno.

También revela el fallo que no se comunicará la presente decisión en los términos establecidos en el inciso primero del Artículo 109 de la misma codificación, por tener origen en actuación iniciada de oficio.

EL FALLO INICIAL

El primer fallo sancionatorio contra Luis Miguel Cotes y Rosa Cotes de Zúñiga, se produjo el 1 de octubre del 2020.

Ese día el órgano de control estableció que los exfuncionarios mencionados transgredieron los principios de economía y responsabilidad que rigen la contratación estatal, y de eficacia de la función administrativa, ante las deficiencias presentadas en la implementación y ejecución del proyecto que pretendía el mejoramiento de la vía Palermo – Sitio Nuevo – Remolino y Guáimaro en el Magdalena.

La entidad encontró que existieron faltas técnicas en la planeación del proceso de construcción del corredor vial, que se realizó con estudios y diseños desactualizados, elaborados en 2008 y 2009 para ser ejecutados a partir del año 2013, sin tener en consideración la ola invernal de 2010 y 2011, que cambió las condiciones físicas de la carretera, y la utilización de un presupuesto desfasado y sin sustento, en el que se modificaron las especificaciones del material que se proponía utilizar, situación que incrementó notablemente los costos en el transporte de los materiales para la construcción de terraplenes.

Además, determinó que hubo una reducción del alcance de la obra, teniendo en cuenta que el proyecto inicial era de 52.6 kilómetros y llegó a 18.3 kilómetros como consecuencia de las deficiencias en la planeación, la falta de definición, existencia y validación de canteras o fuentes de materiales viables técnica y jurídicamente para el momento del inicio de la obra, disminución que generó la exclusión de variantes importantes para la funcionalidad de la obra.

 “La Gobernación de Magdalena entrega una vía que no es funcional, un proyecto que no fue finalizado, la ausencia de procesos contractuales en curso para continuar la vía, tanto en diseños como en obra, y acorde con los términos del acta de liquidación del 10 de diciembre de 2019, se deduce que la obra empleó el doble de tiempo al inicialmente pactado, para entregar solamente 18 kilómetros de los 52 inicialmente planeados, todo ello a causa de la deficiente planeación en la dirección de la actividad contractual”, expresa uno de los apartes el fallo disciplinario.

 “Adicionalmente, se observa que la vulneración de los citados principios de la función pública por parte del servidor público no solo compromete los fines públicos perseguidos por la contratación, atados al bienestar colectivo de las personas y de la región que se buscaba impactar favorablemente con el proyecto, sino que de paso se lesionan los derechos, intereses y expectativas de esas comunidades”, revela el documento.

A juicio de la Procuraduría la falta de diligencia quedó también acreditada con los múltiples modificatorios y adiciones que tuvo el contrato 617 de 2013, luego de la denominada “regulación” de la ejecución de la obra, la cual fue suscrita por la gobernadora Rosa Cotes, esperando la finalización de la obra el 15 de julio de 2018, lo que ocurrió el 10 de diciembre de 2019, con lo que se evidenció falta de cuidado en la estructuración y definición de los acuerdos establecidos, generando más demoras en la ejecución del negocio jurídico.

Además, según el informe de la interventoría “los tramos excluidos del contrato 617 de 2013 producto de la denominada ‘regularización’ presentan deterioro y dificultades para la movilidad de los usuarios, particularmente en época de lluvias”.

Las faltas de los exmandatarios fueron calificadas de manera definitiva como gravísimas a título de culpa grave, por la falta de diligencia, cuidado y eficacia en la adopción de decisiones que se esperan de un administrador y gobernante de un ente territorial, quien tiene a su cargo la dirección de la actividad contractual y el manejo de bienes ajenos que le fueron confiados por la nación y el Ocad, Órgano Colegiado de Administración y Decisión, Regional Caribe.

La sanción de los disciplinados se convertirá en multa superior a los $100 millones, dado que no están ejerciendo actualmente los cargos.

Igualmente, la Procuraduría ordenó expedir copia del fallo sancionatorio con destino a la Fiscalía General de la Nación para investigar el posible delito de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales, y al Ocad Regional Caribe que conoció el proyecto, al Departamento Nacional de Planeación, al Invías y a la Gobernación de Magdalena para que adopten las precauciones del caso para futuras acciones en relación con el proyecto.

Además, remitirá copias a la Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública para que defina la pertinencia de intervenir en relación con la gestión presente y futura del proyecto, así como a la Delegada para la Conciliación Administrativa para que analice la procedencia de interponer o intervenir en acciones en defensa de los intereses y derechos colectivos.(Oficina de Prensa Procuraduría General de la Nación)

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