HOY DIARIO DEL MAGDALENA
Líder en la región

JEP imputó a ocho comandantes de las Farc por secuestro

Cerca de cinco años después de su fundación, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó la decisión más importante desde su creación, al imputar a ocho miembros del Secretariado de las Farc en el denominado caso 01, que se refiere a los secuestros cometidos por esa organización ilegal.

El magistrado Eduardo Cifuentes explicó que este proceso se trata de una búsqueda constante de la verdad de las víctimas sobre lo que pasó y en este caso se logró determinar que estas no son conductas “que manifiestan no errores en la guerra o necesidades en la guerra, sino crímenes de lesa humanidad”.

Los imputados fueron Rodrigo Londoño, último máximo comandante que tuvieron las FARC, los miembros del Secretariado Carlos Antonio Lozada y Pablo Catatumbo, que actualmente son senadores, y los también exjefes guerrilleros Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Juan Hermildo Cabrera, Pastor Alape y Rodrigo Granda Escobar.

La responsabilidad de cada uno de ellos en este proceso varía de acuerdo a los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado, pero, en general, se refiere a la intervención que como comandantes de la organización tuvieron para “privar a las personas de su libertad y condicionar su liberación así como su bienestar, su integridad y su vida”.

En cuanto a los delitos, la JEP consideró que se trata de crímenes de guerra y de lesa humanidad porque “tuvieron la intención y la implementaron, de atacar de manera sistemática y generalizada a la población civil en los lugares donde esa guerrilla hacía presencia”.

Esta práctica criminal no se limitó además a arrebatarle la libertad a las víctimas sino que estuvo acompañada de otros delitos como homicidios, torturas, desapariciones forzadas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamientos forzados.

Los secuestros afectaron de manera generalizada a personas de todos los estratos sociales, no distinguieron territorios, condiciones de género, edad o vulnerabilidad especial, justificados indebidamente con motivos relacionados con la financiación de la organización armada, forzar el intercambio por guerrilleros presos y controlar a la población de los territorios imponiendoles su poder.

Según la JEP, que tuvo en cuenta los testimonios de víctimas y las investigaciones que diferentes autoridades han realizado sobre el tema, los secuestrados, en muchos casos, tuvieron que soportar también “torturas, tratos crueles e incluso casos de violencia sexual”.

“Había encadenamientos y amarres como forma de castigo y humillación, marchas forzadas sin consideración de sus circunstancias de vulnerabilidad; agresiones físicas y psicológicas con golpes, gritos, burlas, empujones; vulneración total de la intimidad, incluso durante las deposiciones corporales debían ser observadas por guerrilleros armados”, dijo la magistrada Juliana Lemaitre Ripoll.

Los imputados tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y conductas o rechazar las imputaciones hechas. También pueden reaccionar aportando argumentos o evidencia adicional. Las víctimas acreditadas y el Ministerio Público tienen el mismo plazo para reaccionar frente a lo determinado en el documento.

Al terminar este periodo, la JEP decidirá si fija una fecha para una Audiencia de Reconocimiento, al considerar que hay un aporte a la verdad plena. Si hay una aceptación de los hechos la Sala adoptará una resolución de conclusiones que remite al Tribunal de Paz para que este imponga una sanción propia si es el caso, pero si los comparecientes niegan su responsabilidad, este se remitirá a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP.

Si los involucrados no aportan verdad exhaustiva ni asumen plenamente su responsabilidad, estarán sujetos a penas ordinarias de hasta 20 años de prisión./Colprensa

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. Aceptar Leer más