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La vacuna por la vida

El 20 de febrero Colombia vacunará a la primera persona contra el coronavirus, enfermedad que ha matado a más de 52 mil personas en el país

Luego de que el presidente Iván Duque anunciara la fecha de inicio de la vacunación masiva contra el covid-19 en el país, que comenzará el 20 de febrero, el mandatario firmó el decreto 109 de 2021 con el que se adopta y regula el Plan Nacional de Vacunación contra el coronavirus.

Aunque ya se conocían varios detalles de la norma, pues el borrador del texto fue publicado para comentarios, el texto final incluyó las recomendaciones de asociaciones y organizaciones médicas y sociales y ciudadanos. El borrador recibió 430 observaciones en total.

El texto presenta los principios del plan de vacunación, la población objeto, los criterios de priorización, las fases y rutas para la aplicación de las vacunas en Colombia y la responsabilidad de los actores del sistema de salud en el país.

El decreto 109 estipula que la población objeto del plan de vacunación serán todos los habitantes del territorio nacional mayores de 16 años, incluidos los extranjeros que hacen parte de misiones diplomáticas o consulares en el país.

Estarán excluidos del plan de vacunación las mujeres gestantes y los menores de 16 años, que sólo serán incluidos en las etapas del plan hasta que las farmacéuticas con las que Colombia adquirió biológicos le entreguen al Invima la información suficiente sobre la eficacia y seguridad de las vacunas en estos grupos poblacionales.

El decreto que regula el plan de vacunación detalla la población que será vacunada en cada una de las dos fases y cinco etapas. Luego de los comentarios, fueron incluidos algunos profesionales dentro de los grupos priorizados.

Estas serán las poblaciones y profesiones a vacunar en cada una de las etapas del plan:

ETAPA UNO: 

Las primeras tres etapas del plan hacen parte de la fase uno que tiene como objetivo reducir la mortalidad por covid-19. En la primera etapa de esta fase se vacunará al personal con constante atención a pacientes con diagnóstico de covid confirmado o con mayor riesgo de presentar un cuadro grave de covid-19.

Así, se vacunará a personas de 80 años en adelante y talento humano en salud en los siguientes servicios: cuidado intensivo o intermedio adulto, pediátrico o neonatal donde se atienda covid-19; urgencias y hospitalización intramural o extramural donde se atienda coronavirus; laboratorios clínicos, laboratorios de salud pública, laboratorios del INS o de universidades donde se manipulan y procesan muestras del virus; personal de radiología e imágenes diagnósticas; personal de terapia respiratoria que atiende pacientes con covid y personal del transporte asistencial de pacientes.

El decreto determinó que en esta etapa también se vacunarán a médicos residentes o prestadores de servicios de sanidad en las Fuerzas Militares o en la Policía Nacional en servicios covid.

La etapa uno también incluye a talento humano de los servicios de vacunación contra el covid-19; personal que realiza autopsias o necropsias, incluidos miembros de Medicina Legal; epidemiólogos y técnicos dedicados al rastreo en campo y la búsqueda en terreno de casos de covid y talento humano en salud que por su perfil profesional tiene contacto intenso con la vía aérea de los pacientes.

Por último, la etapa uno incluye a personal de servicios generales, vigilancia, personal administrativo y de facturación que presta sus servicios en cuidado intensivo u hospitalización por covid. Así como también el personal encargado de distribución de alimentos en hospitales, traslado intrahospitalario de pacientes, mantenimiento y lavandería en centros de salud de mediana y alta complejidad y en establecimientos sanitarios de las Fuerzas Militares o de Policía.

ETAPA DOS: 

La segunda etapa del plan nacional de vacunación incluirá al personal de los servicios de salud de cualquier nivel de complejidad y a otros habitantes con riesgo de cuadro grave de covid-19.

Se vacunará entonces a las personas entre 60 y 79 años y a todo el talento humano “de cualquier nivel de complejidad que desarrolle sus actividades en cualquiera de los servicios brindados por los prestadores de servicios de salud y que no se encuentren clasificados en la etapa 1”. Así, se incluye a todo el personal de salud y personal de servicios de hospitales y servicios de salud que no se encuentre en la primera etapa.

Esta etapa incluye también al personal de salud que presta sus servicios en centros carcelarios y penitenciarios; personal que atiende regímenes especiales y de excepción; a los médicos tradicionales, sabedores ancestrales y a los estudiantes de pregrado de los programas técnicos, tecnológicos y universitarias de las ciencias de la salud que se encuentre en prácticas en las instituciones de salud.

ETAPA TRES:

En la etapa tres, por su parte, se vacunará a las personas entre los 16 y los 59 años con enfermedades hipertensivas, diabetes, insuficiencia renal, VIH, cáncer, tuberculosis, EPOC, asma, obesidad, en lista de espera de trasplante de órganos vitales o postransplante de órganos vitales.

Se incluye también a agentes educativos, madres y padres comunitarios que prestan sus servicios a la primera infancia e identificados por el ICBF; docentes, directivos y personal administrativo de centros educativos de preescolar, primaria, secundaria y educación media; y cuidadores institucionales del ICBF.

En esta fase se ubica además el personal encargado del cuidado de adultos mayores institucionalizado, los cuidadores de adultos mayores en atención domiciliaria, y el personal activo, de reserva activa o en proceso de formación de las Fuerzas Militares o la Policía.

La fase tres también incluye a personal de la Fiscalía General de la Nación con funciones de policía judicial, a la guardia indígena y cimarrona, y al personal de funerarias, centros crematorios y cementerios que manipulan cadáveres.

ETAPA CUATRO:

Las etapas cuatro y cinco, que hacen parte de la segunda fase del plan, tienen como objetivo reducir el contagio a nivel nacional, empezando por las poblaciones o profesiones en las que se dificulta el distanciamiento social.

En la etapa cuatro se vacunará entonces a la población privada de la libertad con aseguramiento intramural, al  personal de custodia de la población privada de la libertad o encargada del suministro de alimentos en los centros de reclusión, así como al personal de la Fiscalía que custodia a los internos de las celdas transitorias de la Fiscalía.

La cuarta etapa incluye también a los bomberos, socorristas de la Cruz Roja Colombiana, socorristas de la Defensa Civil, habitantes de calle identificados por las alcaldías municipales, controladores aéreos y bomberos aeronáuticos, y pilotos y auxiliares de vuelos internacionales.

ETAPA CINCO: 

La última etapa, la número cinco, incluirá a la población de 16 años en adelante que no se encuentre incluida en las etapas de la uno a la cuatro. La aplicación de biológicos comenzará con los adultos de 50 a 59 años hasta llegar a los más jóvenes.

El decreto también establece que habrá prioridad para vacunarse un mes antes del viaje para aquellos deportistas olímpicos y paralímpicos, si los Juegos Tokio 2021 establecen como requisito estar vacunado para participar.

Se estipula además que si una persona tiene condiciones que lo hacen pertenecer a dos o más etapas del plan, primará aquella condición que le permita recibir la vacuna con mayor prontitud.

El texto explica también que si por algún motivo una persona no recibe la vacuna en la etapa que le corresponde, tendrá derecho a vacunarse en las etapas siguientes.

Además, se establece que si una persona entre los 16 y los 59 años considera que tiene alguna de las condiciones para hacer parte de la etapa tres y no aparece en las bases de datos debe postularse ante la entidad responsable de su aseguramiento, quien tendrá que revisar de forma expedita la situación clínica del paciente y, en caso tal de que cumpla con las condiciones, la entidad debe informar al Ministerio para que incluya a dicha persona en la fase pertinente de vacunación.

 “La información de la etapa en la que se vacunará cada persona, así como la población priorizada a la que pertenece, reposará en la plataforma MIVACUNA COVID-19. La información de las personas a vacunar en las etapas deberá estar publicada antes del inicio de cada una”, explica el decreto del plan de vacunación. /Colprensa 

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