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Desde este lunes Alcaldía Distrital multará a los indisciplinados sociales

Con el propósito de cerrar el cerco epidemiólogico a la velocidad de los contagios por Covid-19 en la ciudad de Santa Marta la Alcaldía Distrital expidió el Decreto 059 del 13 de marzo del 2021 en donde se amplía el toque de queda, se aplicará el pico y cédula para las ventas informales y se reiteran otras disposiciones en el Distrito.

En el Decreto 059, expedido el 13 de marzo se estipulan disposiciones emitidas por la Administración Distrital son de obligatorio y estricto cumplimiento para los habitantes, residentes, turistas, entidades de comercio, empresas, entidades privadas y públicas, organizaciones públicas y privadas. Su incumplimiento traerá como consecuencia las sanciones dispuestas en la Ley 1801 de 2016, tales como multas, amonestaciones, cierre de establecimientos y las sanciones punibles contempladas en la ley, entre otras.

Vale destacar que estas nuevas medidas especiales buscan preservar la vida, la salud y la seguridad en el Distrito, en su propósito de contener la propagación del virus asesino. Las medidas tendrán vigencia a partir de las 00:00 horas del 16 de marzo, hasta las 5:00 de la mañana del día 27 del mismo mes.

El Artículo primero de este acto administrativo restringe la movilidad de personas y la circulación de vehículos por vías y lugares públicos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m., todos los días de la semana. En consecuencia, los establecimientos de comercio, incluyendo los gastronómicos, grandes superficies, supermercados, tiendas de cadenas, locales comerciales, tiendas de barrios y todos los espacios en los que se desarrollen actividades comerciales en Santa Marta, estarán abiertos hasta las 7:00 p.m.

Se exceptúa de esta restricción los servicios domiciliarios, las droguerías, la movilidad del personal de la salud y las personas que laboran o prestan sus servicios en las actividades y/o labores autorizadas. Se permite la venta de comida de restaurantes, a través de las plataformas digitales y su entrega por domicilio hasta las 11:00 p.m.

Entre tanto, la Ley Seca que prohíbe el expendio y consumo en sitios públicos de bebidas alcohólicas y embriagantes en todo el territorio urbano y rural de Santa Marta, regirá en el horario comprendido entre las 6:00 p.m. y hasta las 6:00 a.m. Sin embargo, se permite la compra de bebidas embriagantes a través de plataformas digitales y domicilios.

Con referencia al ‘pico y cédula’, también comienza a regir entre el 16 y el 26 de marzo, de acuerdo al último digito de la cédula de ciudadanía, documento de identidad y/o pasaporte de los ciudadanos de otras nacionalidades que deban realizar la adquisición y pagos de bienes y servicios en los establecimientos bancarios y financieros, notarias, curadurías, Oficina de Instrumentos Públicos, Registraduría del Estado Civil, supermercados, supertiendas, tiendas de cadenas, centros comerciales, Mercado Público, Secretaría de Movilidad Distrital y el SIETT, tal como se detalla a continuación:

16 de marzo: 1, 2 y 3.
17 de marzo: 4, 5 y 6.
18 de marzo: 7, 8 y 9.
19 de marzo: 0, 1 y 2.
20 de marzo: 3, 4 y 5.
21 de marzo: 6, 7 y 8.
22 de marzo: 9, 0, y 1.
23 de marzo: 2, 3 y 4.
24 de marzo: 5, 6 y 7
25 de marzo: 8, 9 y 0.
26 de marzo: 1, 2 y 3.

Esta medida no aplica para restaurantes, hoteles, parques recreacionales con espacios abiertos, a los que corresponderá vigilar que, durante su permanencia, los clientes cumplan con los protocolos de bioseguridad que son obligatorios y de responsabilidad individual.

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