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´No es competencia nuestra recoger cadáveres´: Salud

A través de un vídeo publicado en las redes sociales de la Secretaría de Salud de Santa Marta, el jefe de esta dependencia, Henrique Toscano, informó a la ciudadanía que no está dentro de sus competencias recoger cuerpos de personas fallecidas.

“Eso está regulado a nivel nacional. La recolección de los cuerpos es una función de la funeraria que decide la familia. Si es una muerte por violencia o por causa desconocida le corresponde a Medicina Legal”, manifestó Henrique Toscano.

De igual modo, explicó las funciones de la Secretaría de Salud cuando se presenta un caso como este. “Expedir la licencia de inhumación o cremación de acuerdo con la decisión de la familia. Esto se hace una vez nos entreguen el certificado de defunción que debe ser expedido por las IPS con las que las EPS o EAPB tienen sus acuerdos de voluntades. Si la persona falleció en casa, los familiares deben pedir el certificado de defunción a la EAPB”, agregó.

Toscano señaló que cuando la Secretaría de Salud recibe el certificado de defunción se procede a “expedir la autorización de la licencia, y ellos deben solicitar con su funeraria la recolección del cuerpo cuando sucede en casa. Si la persona o la familia no tiene recursos debe gestionar el auxilio funerario con la Secretaría de Promoción Social de Santa Marta”.

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