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Estabilidad laboral reforzada cobija mujeres que demuestren sostener su familia

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia protegió a madre cabeza de familia que fue despedida. El alto tribunal dejó claro que la estabilidad laboral reforzada no solo se debe dar a madres con hijos menores o en situación de discapacidad, sino también a mujeres que, aún con hijos mayores, demuestren sostener a su familia.

La decisión del alto tribunal obedece al estudio de una demanda laboral que interpuso una mujer que llevaba cuatro años laborando en una licorera con contrato a término indefinido, pero que por reestructuración prescindieron de su servicio, y el de 17 personas más.

En la acción legal, la mujer alegó que el empleador no tuvo en cuenta que es madre cabeza de familia, y que es la única responsable de su hogar, pues su esposo falleció en el 2005. Además, reprochó que uno de sus hijos tiene síndrome de down.

La mujer expuso que si bien tiene hijos mayores de edad, estos no pueden ayudar con los gastos económicos, debido a que uno está en prisión y se encuentra estudiando. El caso llegó al alto tribunal y, en segunda instancia, revocó la decisión que fue negada sobre el reintegro a su trabajo.

El magistrado ponente Iván Mauricio Lenis aseguró que se debía garantizar su estabilidad reforzada porque, en efecto, se trataba de una madre cabeza de familia. La Corte recordó que una mujer tiene esa condición cuando está a su cargo la jefatura del hogar, y es responsable en el plano afectivo, económico o social de sus hijos menores o de otras personas incapacitadas para trabajar.

Del mismo modo, cuando esa responsabilidad es de carácter permanente y se da por falta de respaldo de cónyuge o compañero permanente, o porque otros miembros del grupo familiar no puedan aportar económicamente.

«Para acreditar esa condición no hay ninguna formalidad jurídica, ni se deben exigir pruebas desproporcionadas por lo cual, si la mujer en el proceso asegura que su salario es el que sostiene su hogar, debe entenderse como una afirmación indefinida que traslada a la empresa empleadora la carga de probar lo contrario», dice la Sala.

El alto tribunal recordó que al evaluar estos casos los jueces deben despojarse de cualquier prejuicio y estereotipo de género. «Aclaró que esto no significa que la estabilidad laboral reforzada para madres cabeza de familia sea absoluta, pueden ser desvinculadas siempre y cuando haya una justa causa comprobada, o hasta que cesen las condiciones que dieron lugar a su protección».

Con los argumentos expuestos en el caso, la Sala Laboral le ordenó a la licorera reintegrar en el cargo a la mujer y pagarle los salarios y prestaciones que dejó de percibir mientras estuvo fuera del mismo.

BOGOTÁ (Colprensa).

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