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Mitos y verdades sobre el censo digital del Dane

Desde el 9 de enero el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) puso a disposición de los ciudadanos la herramienta eCenso para realizar la medición a través de internet. 

La experiencia durante los primeros días fue “agridulce”, tal y como la describió Mauricio Perfetti, director de la entidad, pues el curso del proceso generó traumatismos debido a que la plataforma se tornó lenta y puso en contra a quienes tenían amplias expectativas (ver Dicen de). No obstante, el director espera que al finalizar este ejercicio digital, 2 millones de hogares hayan participado. 

Hasta las 11 de la mañana de ayer, 62.574 hogares ya se habían censado, en el periodo comprendido desde el 9 de enero. En Antioquia se habían realizado 7.510 cuestionarios completos y 2.132 estaban en proceso; en Valle había 4.543 cuestionarios completos y 1.423 en proceso, y en Bogotá 22.960 completos y 6.640 en proceso. 

A la luz de esta situación también han surgido mitos y verdades que se han expresado a través de redes sociales y que han crecido como una bola de nieve. EL COLOMBIANO le presenta algunos que ha recopilado y le da la respuesta. 

1. Los hogares no pueden censar a los menores de edad: parcialmente mito. Lo que sucedió fue un error en la plataforma que ya fue arreglado. Según informó Perfetti, lo que deben hacer las personas que lo tramitaron, y lo tienen guardado por esta situación, es salirse de la sesión y volver a entrar para que les salga actualizado. 

Quienes concluyeron el formulario con información errónea deben redactar la situación al correo [email protected] en el que deben incluir el número de cédula y el código de diligenciamiento, con esa información la entidad habilitará la reapertura del cuestionario para hacer las correcciones necesarias. 

2. Los extranjeros residentes en Colombia no se pueden censar: mito. Tanto en el registro como en la información de la composición del hogar se solicita esta información y uno de los documentos disponibles es la cédula de extranjería; los otros documentos que están para elegir son: la cédula de ciudadanía, la tarjeta de identidad o el registro civil. 

Es importante que tenga en cuenta que la medición solo la deben completar quienes tengan un estatus migratorio como residente habitual. Los colombianos que viven en el exterior no deben censarse en Colombia. 

Si por alguna razón usted es extranjero y llenó erróneamente esta información debe remitir un correo a [email protected] para aclarar la situación. 

3. En su vivienda puede haber más de un hogar: verdad. Que haya más de un hogar en el censo depende de factores como: tener un presupuesto común y compartir las comidas. Por ejemplo, si usted vive con amigos y pasan la mayor parte del tiempo juntos, además de compartir vivienda, realizan mercado juntos y comen usualmente acompañados, usted está ante un hogar censal, porque no necesariamente esta defición depende de su grado de consanguinidad. 

Pero si usted vive en una pensión, en la que alquila un cuarto, en el caso de estudiantes universitarios, seguramente habrá tantos hogares como personas que rentan cuartos allí. 

4. Solo se puede escoger un jefe de hogar: verdad. Han aparecido algunas quejas sobre este tema. Si bien, el Dane reconoce que los hogares tienen adultos con salarios diversos, lo importante es a quién se reconoce como jefe de hogar: “Es una distinción solamente metodológica”. A la luz de este concepto se identifica cómo están compuestos los hogares y qué relación se tiene entre los miembros del hogar con el jefe. 

5. Hay multas por no realizar el censo: verdad. La Ley 70 de 1993, que es citada en la pantalla de términos y condiciones del censo, asegura en el artículo 6 que habrá sanciones de uno a 50 salarios mínimos a quienes “incumplan lo dispuesto en esta u obstaculicen la realización del censo o de las encuestas, previa investigación administrativa”. Esto implica que para 2018 la máxima sanción está en 39 millones de pesos. 

El caso es tan grave que si es un funcionario público, la conducta puede implicar la suspensión o destitución. 

6. El censo podrá servir para que haya fraude electoral: mito. Nada tiene que ver el censo electrónico con información recolectada que pueda afectar las elecciones de Congreso y para el Presidente de la República. De hecho en Colombia la votación no es electrónica, los electores irán a las urnas para elegir a los miembros del Congreso y al próximo presidente. Perfetti aclaró que “la información que cada uno registra está amparada por la ley de reserva estadística”. Esto implica que la información individualizada no puede ser revelada y su uso solo puede ser público como dato agregado. 

7. Solo habrá censo digital: mito. El eCenso es solo una etapa, la primera. Se realizará hasta el ocho de marzo. Después se da una etapa de depuración de datos en la que se organizan los recorridos para comenzar en abril el censo de los hogares que no realizaron el eCenso .  Colprensa.

 

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