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Reforma a la administración de justicia a un debate de ser ley 

La plenaria del Senado estará votando en las próximas semanas, en cuarto debate el proyecto de ley que reforma la administración de justicia, el cual fue cuestionado en parte de su contenido por el Consejo Superior de la Judicatura.

El proyecto de ley, que tuvo su aprobación por parte de la Comisión Primera del Senado, busca mejorar las condiciones de trabajo de los servidores judiciales, reestructurar la escuela judicial para ofrecer una mejor y más oportuna capacitación a los administradores de justicia y hacer ajustes para lograr mayor seguridad jurídica.

Para Ruiz, “establecer con rigor los principios de la administración de justicia como carta de navegación de todos los operadores jurídicos y medidas de prevención de corrupción le devolverán la confianza a la ciudadana en la justicia”.

De acuerdo con el ministro de Justicia, Wilson Ruiz Orejuela, recordó que se adapta la conformación autónoma y funcional del Consejo Superior de la Judicatura como órgano de gobierno y administración de la Rama Judicial y de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial que ejerce la función jurisdiccional disciplinaria sobre los funcionarios y empleados de la Rama Judicial; y de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial como órgano técnico y administrativo ejecutor.

Sin embargo desde el Consejo Superior de la Judicatura se formularon críticas a la reforma, al respecto su presidenta Gloria Stella López Jaramillo, señaló los reparos a la incorporación de iniciativas que otorgan nuevas facultades a la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial y explicó que la Corte fue explícita en señalar que “la Comisión Interinstitucional se encuentra integrada por operadores de justicia, pero cuya labor no es la de gobernar ni la de administrar la Rama Judicial, sino la de servir de mecanismos de información recíproca entre las
instancias judiciales, y la de servir como canal de comunicación entre el sector justicia y el
gobierno (…) factor que deviene en la supresión del principio de autonomía (…) porque el órgano
de gobierno judicial se ve desprovisto de todas las herramientas que le permitirían asumir su rol de
gobernanza judicial”.

Indicó que los presidentes de Altas Cortes no pueden intervenir en funciones de gobernanza judicial, pues esto contraría lo señalado por la Corte Constitucional y, cómo va el proyecto, la Comisión Interinstitucional sería la encarga de emitir conceptos vinculantes para definir el presupuesto de la Rama Judicial, el plan de inversiones, el plan sectorial de desarrollo, la estructura y la planta de personal, entre otras funciones propias del órgano de administración. /Colprensa

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