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Ratifican condena contra el exregistrador Sánchez

El Consejo de Estado negó una demanda mediante la cual el exregistrador Nacional Carlos Ariel Sánchez pretendía no tener que restituirle a la Contraloría de Bogotá, una millonaria multa de unos 45 millones de pesos, por despedir injustificadamente a una trabajadora cuando él se desempeñó como contralor de Bogotá. 

Este dinero tuvo que ser pagado por la entidad a una exfuncionaria, luego de haberla desvinculado de su cargo sin pagarle la indemnización a la que tenía derecho.

Ariel Sánchez, que fue contralor distrital en la época de los hechos (1993), había sido condenado en repetición, lo que explicaba por qué estaba obligado a restituir los gastos del pago de la condena.

No obstante, presentó esta demanda de revisión, con la intención de que la alta corte revocara la sentencia condenatoria en su contra.

El ex contralor argumentó que la sentencia que dejó en firme la condena debía ser revocada, pues a su juicio, esta fue expedida con un vicio de nulidad, porque, supuestamente, no respetó su derecho al debido proceso. Entre otras cosas, explicó que “la desvinculación de la funcionaria se dio en cumplimiento de un acuerdo distrital de reestructuración de la planta de la entidad, que establecía la necesidad de suprimir el cargo que esta ocupaba”.

Además, Sanchéz añadió que él no había expedido los actos que condujeron a la marginación de la funcionaria y señaló que se le impuso condena en repetición cuando ya había vencido el plazo para ejercer dicha acción; sin embargo, ello no se tuvo en cuenta en el proceso, concluyó.

Para el excontralor, no se tuvo en cuenta un oficio que demuestra que la Contraloría le informó a la exservidora de la indemnización que podía recibir, pero que esta se negó a recibirla, porque aspiraba a permanecer en su cargo, así no cumpliera con los requisitos.

Sin embargo, el Consejo de Estado negó las pretensiones del exfuncionario, pues consideró que la nulidad originada en la sentencia que invocó el actor no se configuró.

La alta corte precisó que, “contrario a lo dicho por el demandante, el juez de repetición sí se pronunció respecto de la caducidad de la acción de repetición, discusión que no puede ser reabierta en el recurso de revisión”.

A pesar de que el exregistrador y excontralor de Bogotá considera que en la repetición se juzgaron los mismos hechos de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, que permitió la indemnización de la exfuncionaria separada del servicio, el Consejo de Estado desestimó que esta irregularidad hubiera tenido ocurrencia.

Sobre las supuestas falencias probatorias que, según el demandante, no podían conducir a la certeza sobre la existencia de un daño antijurídico, la condena y su pago efectivo, la sala sostuvo que la revisión no es el escenario para discutir esas discrepancias.

Así las cosas, Sánchez deberá pagarle a la Contraloría, la suma que la entidad le dio a la funcionaria.

Bogotá (Colprensa).

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