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La reforma al Código Disciplinario no cumple con la orden de la CIDH

Con 53 votos contra 9 en el Senado y 102 a 20 en la Cámara, fue aprobado el miércoles el proyecto de ley de la reforma al Código disciplinario. Esto en medio de una gran polémica en el país, en donde varios sectores enfatizan sobre el incumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sobre la improcedencia de declarar destituidos a los funcionarios elegidos por voto popular.

Con la reforma al Código Disciplinario, la Procuraduría General de la Nación tendrá mayores facultades jurisdiccionales en sus procesos sancionatorios. Es decir, que ahora podrá destituir, suspender e inhabilitar a los funcionarios públicos, incluso a aquellos que son elegidos por los ciudadanos.

Se permitirá fortalecer los poderes que tiene el organismo de control y le otorga funciones de policía judicial. Además, también se le otorgan facultades al Presidente de la República, para reformar la planta de personal de esta entidad.

Cabe mencionar que la reforma del Código General Disciplinario de la Procuraduría surgió a mediados del año 2020, después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), condenara al Estado colombiano por restringir los derechos políticos de Gustavo Petro, quien fue destituido en 2013 por la Procuraduría, que en ese momento era encabezada por Alejandro Ordóñez.

La CIDH consideró que el Procurador General carecía de la competencia para destituir de su cargo a Petro y que violó los derechos del líder la Colombia Humana, al destituirlo e inhabilitarlo, tras haber sido elegido a través del voto popular y que dicho ordenamiento fue contrario a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Corte consideró que las limitaciones a los derechos políticos son de interpretación estricta, deben estar previstas en la ley y originarse en una condena, por juez competente, en proceso penal. En otras palabras, que solo un juez podía destituir a Petro.

No obstante, para el ponente del proyecto, Fabio Amín, la decisión de reformar el código era la correcta. “Si no hubiéramos aprobado esta ley, se habría echado a la caneca cerca de 10.000 procesos disciplinarios adelantados contra alcaldes, gobernadores, congresistas, concejales y diputados. El país tuvo oportunidad de conocer que de no aprobarse la norma y entrando en vigencia la ley 1952 que es el Código General Disciplinario, se pierden competencias en cerca del 80% de los 13.00 procesos que adelanta la entidad”, dijo el Senador.

Para los analistas consultados por Colprensa, la reforma al Código es inconstitucional y no cumple con lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El penalista Francisco Bernate aseguró que “no se le está dando cumplimiento a lo que ordenó la CIDH, porque lo que dice la Corte es que solamente se puede destituir a un funcionario elegido por voto popular por vía de un juez y lo que está haciendo esta reforma es darle facultades judiciales a un ente de control como lo es la Procuraduría”, dijo el abogado.

Para Bernate, no solo no se le está dando cumplimiento al mandato de la CIDH, sino que se le están dando facultades a la Procuraduría que violan la Constitución.

 “Es imposible que un juez juzgue a otro juez, con la aprobación la Procuraduría pasaría a tener ‘superpoderes’ y ser juez y par. Sería un ente de control que a la vez tiene función de juez… Lo que dijo la CIDH es que un ente debe ser el investigador y otro debe ser juez, acá tendrían dos funciones”.

El presidente nacional de la Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados de la Rama Judicial (Asonal judicial), José Fredy Restrepo García, aseguró que además de no cumplir con lo ordenado con la CIDH, la reforma también tendrá consecuencias políticas y fiscales.

 “Con la reforma se crea un referente hacia el futuro, donde se concentra el poder en el ejecutivo, este a través del procurador, tendrá unos órganos de juez que son independientes, pero terminarán siendo casi que delegados suyos, entonces se concentrará más el poder”.

Restrepo aseguró que incluso la Procuraduría pasaría a tener más poder judicial que las altas cortes y que habrá un espacio favorable para que se persiga a la oposición.

 “Al concentrar el poder, no solo se busca desconocer el fallo de la CIDH, sino que también con eso pretende lograr, lo que no han podido hasta ahora con la oposición, que es que los candidatos alternativos sean neutralizados, a través de la Procuraduría de un lado, que les daría una muerte política y la Contraloría, que les daría una muerte fiscal”.

Además, el penalista agregó que “la procuraduría tiene poder administrativo, pero ahora tendrá poderes judiciales como si fuera una corte, concentrada en la cabeza… Será más fuerte que la Corte Suprema, porque en la corte Suprema y las demás cortes, un magistrado tiene que convencer al resto de los magistrados para tomar una decisión, pero aquí todo lo concentrará el procurador”, dijo Restrepo.

Otros de los reparos que encuentra el presidente de Asonal, va enfocado a la creación de los 500 nuevos cargos que tendrá la cartera.

 “Se plantea que no hay recursos, agobiados por la pandemia, pero por un lado se están implementando 500 cargos en la Procuraduría y por otro lado se saca una decisión por la cual esta entidad puede incrementar cargos sacando dineros de las regalías –ya estarían en la ley 2056- para poder ampliar la planta de trabajos sin decir el número”, dijo el abogado.

Restrepo aseguró que estos cargos pueden favorecer al clientelismo y ayudar a los políticos en la víspera electoral, “A los políticos le sirve mucho, son cargos de alto nivel, de categoría de magistrados, de corte, que son altamente apacibles y que la Procuraduría está abriendo esta interesante planta de mercados… Es interesante en medio de estos tiempos de tanta austeridad”, puntualizó para cerrar Restrepo.

COLPRENSA

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