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Ponencia pide tumbar apartes del decreto que regula la amnistía

La ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, pide salvar la mayor parte del decreto y tumbar el artículo 22 del mismo, que suspende los procesos a los beneficiados con la Ley, incluidos jefes guerrilleros.

 

La Corte Constitucional se apresta a estudiar la ponencia sobre el decreto 277 de 2017, que reglamenta la Ley de Amnistía, tras la reanudación de sesiones de la Sala Plena.

La ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, pide salvar la mayor parte del decreto y tumbar el artículo 22 del mismo, que suspende los procesos a los beneficiados con la Ley, incluidos jefes guerrilleros.

Dicho artículo señala: “Todos los procesos en los se haya otorgado la libertad condicionada o decidido el traslado a ZVTN (zonas veredales), que tratan la Ley 1820 de 2016 y el presente decreto, quedarán suspendidos hasta que entre en funcionamiento Jurisdicción Especial para el momento en el cual las personas sometidas a libertad condicionada por aplicación quedarán a disposición de dicha Jurisdicción”.

De acuerdo con la ponencia, esta suspensión de los procesos que actualmente lleva la Fiscalía General de la Nación sería contrario a la obligación legal del Estado colombiano de investigar violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario.

Se pudo establecer que la ponencia considera que ese deber no se puede suspender ni siquiera de manera provisional y que esto es una violación a los derechos de las víctimas.

En ese sentido, si la ponencia es aprobada por la Sala Plena, la Fiscalía tendría que reabrir las investigaciones a guerrilleros y uniformados que se han beneficiado por la Ley de Amnistía.

La Sala Plena igualmente tiene para su estudio la ponencia sobre la Ley de Amnistía de la magistrada Diana Fajardo, que propone un régimen de condicionalidades que deben cumplirse, so pena de perder los beneficios que allí se contemplan tanto para guerrilleros como para militares que son las amnistías, las renuncias a la persecución penal y las libertades condicionadas.

Esta ponencia va de la mano con la decisión que tomó la Corte sobre el Acto Legislativo que creó que el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que crea la Jurisdicción Especial para la Paz, que determinó que, de no cumplir con los requisitos del sistema, los beneficios pueden perderse.

 

ESTUDIO DE LA JEP

De otro lado, la Corte Constitucional asumió el estudio del proyecto de ley estatutaria que reglamenta la Jurisdicción Especial para la Paz, que se aprobó a finales del año pasado en el Congreso.

Se trata de la Ley que establece, entre otros, algunas inhabilidades a los magistrados de la JEP, asunto por el cual algunos de los seleccionados decidieron no posesionarse y esperar la decisión de la Corte.

En auto del magistrado Antonio José Lizarazo, la Corte solicitó una serie de pruebas para el estudio que realizará como las gacetas del congreso, en donde consta la publicación del proyecto de Ley en el marco del ‘fast track’, los certificados de las fechas de las sesiones de discusión y el detalle de las votaciones en cada uno.

Igualmente, se dio traslado al Procurador General de la Nación para que emita su concepto al respecto y se invitó a hacer lo propio al Presidente del Congreso, a los Ministerios del Interior, Hacienda, Justicia y Defensa.

La Corte invitó igualmente a dar concepto sobre este proyecto de Ley a la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía, la presidencia de la Jurisdicción Especial para la Paz, la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, al Alto Consejero para el Postconflicto, a la Consejería Presidencial de Derechos Humanos; a la Agencia para la Reincorporación y a la Unidad para las Víctimas.

En el auto la Corte asimismo invitó a dar concepto sobre esta trascendental reglamentación a la Academia Colombiana de jurisprudencia, la Comisión Colombiana de Juristas, a Dejusticia, a Sisma Mujer, a Codhes, al Cinep, al Centro de Memoria Histórica y a la Mesa Nacional de Víctimas; así como a las Naciones Unidas y múltiples Universidades del país.

El examen previo de la Corte Constitucional sobre la reglamentación de la JEP es necesario para que esta normatividad pase a sanción presidencial y esta justicia especial pueda formalmente empezar a funcionar.

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