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Duque sanciona tratado de repatriación de presos

Entre las normas está el Tratado con China para el traslado de personas condenadas, el Convenio para la Eliminación de la Doble Tributación entre Colombia y Japón, y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS). 

El Presidente Iván Duque Márquez sancionó en la Casa de Nariño tres leyes, y divulgó otras tres, que ratifican acuerdos internacionales suscritos por Colombia con distintos países y organismos. Entre las normas está el Tratado con China para el traslado de personas condenadas, el Convenio para la Eliminación de la Doble Tributación entre Colombia y Japón, y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS).

Así mismo, se divulgaron las normas que ratifican la Convención para homologar el tratamiento impositivo previsto en los convenios para evitar la doble imposición suscritos entre los Estados parte del acuerdo marco de la Alianza del Pacífico, el Acuerdo entre Colombia y Suiza sobre servicios aéreos, y el Acuerdo entre Colombia y el Banco Europeo de Inversiones para establecer una representación regional de la entidad en el país.

El presidente divulgó la ley por medio de la cual se ratifica el Tratado entre la República de Colombia y la República Popular China sobre el traslado de personas condenadas, que fue suscrito en Beijing, el 31 de julio de 2019. Esta ley aún se encuentra pendiente para que la Corte Constitucional decida decisión sobre su exequibilidad.

El objetivo de la iniciativa es el de facilitar la resocialización y rehabilitación de las personas privadas de la libertad en China quienes han sido sentenciadas y se encuentran recluidas en establecimientos penitenciarios del territorio, ofreciéndoles la oportunidad de cumplir sus condenas en su país de nacionalidad.

Según cifras gubernamentales en este momento hay 134 colombianos recluidos en China, de los cuales 6 están sentenciados a pena de muerte.

“El tratado solamente es aplicable si las personas condenadas, que sean de nacionalidad de alguna de las Partes, solicitan directamente su traslado o lo consienten, e impone la obligación a las Partes de informar las consecuencias y las condiciones de su traslado a la Parte que recibe; en este sentido se garantiza que las personas condenadas puedan tomar una decisión informada sobre la posibilidad de cumplir su sentencia en su país de nacionalidad, con el debido respeto a las obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos”, asegura la presidencia.

Así mismo, sostiene que “la jurisdicción sobre la condena la mantendrá de manera exclusiva el Estado Trasladante, quien es el único facultado para modificar la pena privativa de la libertad impuesta; sin embargo, una vez se autorice y haga efectivo el traslado, la ejecución de la condena se desarrollará con plena observancia de las normas del Estado receptor, lo que reafirma el respeto a la soberanía nacional de los dos Estados, reconociendo así los principios del derecho internacional y los principios de aplicación interna en Colombia, como el debido proceso, el acceso a la administración de justicia y los principios de la función administrativa consagrados en la Constitución Política”.

También se divulgó el Convenio entre Colombia y Japón para la eliminación de la doble tributación que busca mitigar los efectos adversos asociados a la sobreimposición tributaria entre Japón y Colombia.

Según el gobierno los Acuerdos de Doble Tributación han demostrado ser instrumentos eficaces para la eliminación de la doble tributación internacional, ya que con ellos se pueden establecer eventos en los que un solo Estado grava determinada renta, eliminando la doble imposición de plano; o pactar una tributación compartida, limitando la tarifa del impuesto generado en el Estado en el que se genera el ingreso (el ‘Estado de la fuente’) y permitiéndole al contribuyente pedir en el Estado de la residencia el descuento del impuesto pagado en el Estado de la fuente, eliminándose también así la doble tributación.

Además, se divulgó el tratado multilateral de Seguridad Social que según el gobierno evita la pérdida de derechos pensionales de la población migrante y sus familias, al posibilitar la acumulación de los períodos cotizados en cerca de 15 estados para la obtención de las prestaciones. /Colprensa

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