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Aliste documentos para Declarar Renta

  La Dian recomienda reunir los documentos soporte necesarios para preparar y presentar su declaración y anticiparse a las fechas y evitar contratiempos 

Las personas naturales alistan los documentos ante los vencimientos para la presentación y pago de la Declaración de Renta que inician mañana martes 10 de agosto y finalizan el 20 de octubre de 2021, de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria, NIT, del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación como conste en el RUT.

De acuerdo con la DIAN, específicamente están obligados a declarar renta las personas y empresas que ejerzan una actividad económica en el territorio nacional. La norma determina los topes para el 2020 en personas naturales como son:

-Ingresos superiores a $49.850.000 durante 2020.

-Patrimonio superior a $160.232.000 a diciembre 31 de 2020.

-Total de compras y consumos superior a $49.850.000 para 2020

-Valor total de compras con tarjeta de crédito superio$47.978.000 durante 2020.

-El valor total de consignaciones o transferencias bancarias recibidas por valor de $49.850.000 durante 2020.

CONOZCA  LOS ALIVIOS TRIBUTARIOS 

Las personas naturales con un patrimonio superior a $160.232.000 al cierre del año 2020, quienes hayan obtenido ingresos iguales o superiores a $49.850.000 o personas que realizaron compras y consumos totales superiores a $49.850.000 durante el año pasado, tienen que cumplir con esta obligación tributaria; solo es necesario cumplir con un escenario de estos para estar obligados a declarar.

Sin embargo, la ley en Colombia permite hacer uso de algunas deducciones en la declaración de renta otorgando beneficios tributarios de hasta el 40% de la base gravable sobre la que se calcula el impuesto de renta en cédula general.

Cristian Aguirre, Partnerships Associate de tyba, dice que “es importante conocer las maneras en las que podemos cumplir con la obligación del pago de los impuestos, pero de una forma más rentable y cómoda. Esto también es una estrategia de planeación tributaria para lograr una organización a tiempo y de esta manera, optimizar ese pago y ahorrarnos un dinero en la medida de lo posible”.

Para optimizar la declaración de renta y lograr una deducción en el pago de dicho impuesto, tyba comparte los siguientes mecanismos que ofrece la ley a todos los colombianos contribuyentes, para tener en cuenta en las próximas fechas:

  1. Dependientes 

Si es asalariado y actualmente tiene una persona que depende económicamente de usted y, además, cumple con las características establecidas por la ley, podrá obtener hasta el 10% de deducción mensual de sus ingresos, teniendo un límite de $1.162.000 mensuales y/o $13.942.000 anuales.

  1. Pagos por medicina prepagada 

Si usted cuenta con el servicio de medicina prepagada que la paga usted mismo y no como una contraprestación adicional de su contrato de trabajo, este gasto le ayudará a deducir su declaración de renta. El límite de este gasto no debe superar los $581.0000 mensuales y/o $6.791.000 anuales.

  1. Donaciones 

Ayudar a los demás también puede traer algunos beneficios extra y este es el caso con los alivios tributarios que disminuyen el monto a pagar en la declaración de renta. Las donaciones deben realizarse a entidades registradas en el régimen tributario especial, en las que se encuentran: fundaciones, iglesias, partidos políticos y entidades legalmente constituidas. Actualmente, esta acción otorga hasta el 25% de descuento del valor donado, pero es necesario tener la certificación correspondiente.

  1. Aportes a cuentas AFC (ahorro para el fomento de la construcción) 

Estas cuentas de ahorro están dirigidas únicamente para compra de vivienda y, por lo tanto, el dinero debe ir destinado únicamente a este fin para mantener el beneficio tributario, pues cada aporte que realice será descontado en el cálculo del impuesto de renta. Si usted desea hacer uso de este con otro propósito, tenga en cuenta que cada aporte debe tener una antigüedad como mínimo de diez años. La deducción en este tipo de cuentas es de hasta el 30% de sus ingresos tributarios anuales siempre y cuando no exceda el valor de $137.970.000.

  1. Aportes a fondos de pensión voluntaria

Actualmente, estos aportes tienen como objetivo principal complementar la pensión y de esta manera, lograr una mejor mesada pensional. Sin embargo, estos fondos pueden generar diferentes beneficios como la optimización tributaria con las mismas condiciones que las AFC. Entre las condiciones para cumplir con dicho beneficio es que estos ahorros estén dirigidos para la adquisición de vivienda, pagar crédito de vivienda o leasing habitacional. O también, si quiere utilizar el capital para algo diferente a pensión o vivienda, para mantener el beneficio tributario, el dinero debe cumplir 10 años invertido; cada aporte independientemente.

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