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Modifican los permisos para la salida de menores

Para las salidas de los menores con un tercero, se mantendrá el requisito del permiso otorgado por el padre o madre que tenga la custodia, y en los casos de menores en los que a sus padres o madres se les haya suspendido o privado de la patria potestad, no se requerirá autorización de los mismos.

 

El dolor de cabeza que pasaban los padres y menores de edad colombianos residentes en el exterior y que vienen de visita al país, parece haber llegado a su fin con la reforma al Código de Infancia y Adolescencia, que entró en vigencia hace una semana.

En dicha ley se incorporó una modificación en tal sentido, y que fue promovida por la representante a la Cámara por el partido Político Mira, Ana Paola Agudelo, quien explicó que el inconveniente lo venían viviendo los menores que residen fuera del país con alguno de sus progenitores y que, por diferentes circunstancias, no tienen ningún vínculo con su otro padre o madre.

“A pesar de no haber dificultad a su ingreso de visita al país, al momento de pasar el filtro migratorio para retornar a sus lugares de residencia, no se les permite la salida si no cuentan con el permiso firmado por el progenitor con el cual no han tenido relación o contacto, incluso en ningún momento de su vida”, recordó la congresista.

Explicó que ahora el trámite es más simple, antes de viajar a Colombia será posible tramitar el permiso ante el consulado. Si el menor lleva más de un año en el exterior bastará con aportar la certificación de residencia expedida por el consulado o la inscripción consular y copia del documento en el cual se establece que la custodia se encuentra en cabeza del progenitor con quien va a salir.

«Hijos que querían visitar el país por primera vez en su vida, veían truncada la oportunidad, por no saber quién era su padre como ha sucedido en los casos de abandono», indicó la representante Agudelo quien precisó que situaciones de este tipo también se superarán.

Otra modificación con la nueva ley es que la solicitud del trámite de custodia podrá iniciarse ante el consulado correspondiente, el cual la dirigirá a las autoridades competentes en Colombia para su resolución.

Para las salidas de los menores con un tercero, se mantendrá el requisito del permiso otorgado por el padre o madre que tenga la custodia, y en los casos de menores en los que a sus padres o madres se les haya suspendido o privado de la patria potestad, no se requerirá autorización de los mismos.

“Gracias a esta medida, se mejorará la migración informada y se evitará que las familias tengan que incurrir en gastos de contingencia innecesarios y en trámites engorrosos. A su vez impulsará que miles de jóvenes que se encuentran en el extranjero puedan visitar su país y familia, con lo que se promueve el arraigo, pues uno de los aspectos más importantes para los migrantes es justamente mantener el vínculo con su país”, declaró.

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