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Tribunal niega pérdida de investidura de Aarón

La demanda fue promovida por el diputado Rafael Noya.

El Tribunal Administrativo del Magdalena, denegó la solicitud de pérdida de investidura contra la presidenta de la Asamblea del Magdalena, Claudia Patricia Aarón Viloria, por haber incurrido en un presunto conflicto de intereses al imponer una medida sancionatoria contra su compañero de Duma, Rafael Emilio Noya García.

La magistrada ponente Elsa Mireya Reyes Castellano ordenó: “Deniégase la solicitud de pérdida de investidura de la señora Claudia Patricia Aarón Viloria, en su calidad de diputada de la Asamblea Departamental del Magdalena para el periodo 2020 — 2023, peticionada por los señores Rafael Emilio Noya García y Rafael Alejandro Martínez, de conformidad con las razones expresadas en esta providencia”.

Añadió la togada que no se justificó por parte del demandante el particular conflicto de intereses en el que incurrió la diputada Aarón.

Indicó  el Tribunal en que “para afirmar que existe un conflicto de intereses se debe justificar la existencia de un interés directo, particular y actual o inmediato en cabeza del demandado o de los parientes en los grados establecidos por ley, pero tales supuestos acorde con el artículo 167 del C.G.P., no se advierten como acreditados intereses de carácter moral o económico, de manera que ello impone denegar las súplicas de la demanda formuladas por los señores Rafael Emilio Noya García y Rafael Alejandro Martínez contra la señora Claudia Patricia Aarón Viloria”.

Sobre el tema la diputada Claudia Patricia Aarón indicó que seguirá defendiendo los intereses del Magdalena.  Gracias al Señor ningún arma forjada prosperará en mi contra. Gracias a mis abogados Alberto Yepes y Sonia Castro y al honorable Tribunal por fallar en derecho”.

LA DEFENSA DE LA DIPUTADA 

La defensa de la Presidenta de la Duma, aseguró que las sanciones a los diputados van incluidas en sus funciones como jefa de la mesa directiva.

“Funciones están acompañadas de poderes señalados por el mismo reglamento, que se entienden como potestades atribuidas al Presidente de la Corporación para conjurar cualquier situación que ponga en riesgo el orden que debe garantizar”, dijo.

“Así, el artículo 50 del Reglamento establece las sanciones que se pueden imponer porirrespeto a la Corporación: Artículo 50: Sanciones por irrespeto. Al Diputado que faltare al respeto debido a la Corporación, o ultraje de palabra a alguno de sus miembros, le será impuesta por el Presidente, según la gravedad de la falta, alguna de las sanciones siguientes: Llamamiento al orden; declaración pública de haber faltado al orden y al respeto debido; suspensión en el ejercicio de la palabra; suspensión del derecho a intervenir en los debates de la Corporación por más de un día y hasta por un (1) mes, previo concepto favorable de la Mesa Directiva”, añadió la defensa.

EL CASO 

El pasado 24 de marzo, en la Asamblea del Magdalena, se confirmó que la Mesa Directiva emitió una sanción contra el diputado Rafael Noya, que consiste en 20 días sin voz y voto en las sesiones ordinarias de la Duma.

Ante los hechos que han sido rechazados por la mayoría de la Asamblea del Magdalena, en la que el diputado ha sido protagonista de insultos reiterativos contra miembros de la Mesa Directiva, en este caso la presidenta Claudia Patricia Aarón y en contra de otros compañeros de la corporación.

La Duma emitió la Resolución número 24 de marzo de 2021 “por el cual se impone una sanción en materia administrativa a un diputado del departamento del Magdalena”.

La decisión será apelada por el diputado Noya, según dijeron sus asesores jurídicos.

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