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Tribunal dice que Colombia no expropió a inversionistas de Eco Oro en Santurbán

Un Tribunal Arbitral del Centro internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADO) reconoció que Colombia no expropió a los inversionistas de la multinacional minera Eco Oro, en Santurbán, al prohibir realizar actividades de minería en páramos.

Esto porque el Tribunal considera que es una manifestación legítima del derecho a regular que tiene el Estado colombiano.

La empresa extranjera demandó a la Nación reclamando el pago de 736 millones de dólares (2,8 billones de pesos) por concepto de indemnización que reclamaban los inversionistas por la supuesta expropiación, alegando que las medidas legislativas, administrativas y judiciales relacionadas con la prohibición de realizar actividades mineras en ecosistemas de páramo y la delimitación del Páramo de Santurbán, impidieron el desarrollo de un proyecto de minería a gran escala en su título y de esa forma constituyeron una expropiación indirecta de su inversión.

Sin embargo el Tribunal acogió los argumentos de defensa de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y los abogados de Lathan and Watkins. para reconocer que la medida adoptada por el Estado colombiano no fue discriminatoria para los inversionistas de Eco Oro, y que, además, buscaba proteger un objetivo legítimo, como lo es la protección del medio ambiente. Asimismo, señaló que dicha medida fue adoptada de buena fe.

En ese sentido, el Tribunal reconoció el rol fundamental de Los páramos como fuentes y reguladores de los ciclos de agua, en medio de fenómenos ambientales como el cambio climático y destacó que el Páramo de Santurbán suple agua para más de 2.5 millones de personas, agregando que los impactos negativos en áreas de páramo son irreversibles.

El litigio continúa después de esta decisión pues el Tribunal encontró responsable a Colombia por no aplicar correctamente el estándar de Trato Justo y Equitativo, enmarcado en el Nivel Mínimo de Trato, de acuerdo con el Tratado suscrito con Canadá. El Tribunal arbitral determinó que el trámite continuará solo en lo relacionado con el análisis de eventuales daños relacionados con este punto.

/Colprensa

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