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Corte niega impedimento de magistrado por caso Ramos

La Sala Penal de la Corte Suprema de justicia, con ponencia del magistrado Gerson Chaverra, rechazó el impedimento presentado por el magistrado Ariel Augusto Torres, integrante de la Sala Especial de Primera Instancia de esa misma corporación, para conocer el caso que se sigue contra el exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, por el delito de concierto para delinquir.

Torres había solicitado apartarse del caso con la finalidad de preservar la objetividad y transparencia en el proceso contra Ramos, investigado por ‘parapolítica’, luego de que varios testigos declararan que él recibió apoyo económico para campañas electorales que desarrollaba él y su movimiento político.

El magistrado Torres ha sido cuestionado porque trabajó como magistrado auxiliar en el despacho del magistrado Eyder Patiño en 2018, donde se filtró a la prensa la ponencia que, al parecer, pedía una condena a Ramos. Por esa razón, la defensa pidió apartar a Torres del proceso.

Sin determinar cuál era la responsabilidad que se le endilga a Torres, la Judicatura resolvió una acción de tutela en favor del exgobernador, protegiendo su derecho al debido proceso. Para los magistrados de la Sala Disciplinaria el solo hecho de que se hubiera filtrado la ponencia es suficiente para apartarlo del caso.

No obstante, la tutela fue revocada por la Corte Constitucional en junio de este año, al indicar que las tutelas no permiten el retiro de un magistrado de un proceso y que la filtración de una ponencia -sin que se sepa a la fecha quien fue el responsable- tampoco es motivo para ello.

Posteriormente, Torres se declaró impedido para seguir con el expediente, con el ánimo de superar cualquier duda que pueda haberse generado sobre su rectitud y apego a la Constitución y la Ley.

No obstante, la Corte rechazó el impedimento y señaló que “no se advierte razón alguna para separar del conocimiento al magistrado Ariel Augusto Torres Rojas” y advierten que, “luego, a pesar de que la Sala reconoce el valor y la solvencia moral del doctor Torres Rojas, al expresar esas circunstancias con el fin de aprestigiar la administración de justicia, no se observa el fundamento trazado por la jurisprudencia para admitir configuradas las causales de impedimento estudiadas”.

La Corte dijo que el hecho que Torres tuviera que defenderse en el trámite de tutela, no implica de manera alguna un prejuzgamiento sobre el caso penal que enfrenta Ramos./Colprensa  

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