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Anote y saque cuentas

Este año la novedad es que los descuentos del día sin IVA no solo aplican para compras en establecimientos físicos sino también para el comercio electrónico. Las plataformas digitales estarán habilitadas desde las 12:01 de la madrugada del jueves 28 de octubre hasta las 12:00 de la noche. En algunas plataformas habrá filas virtuales.

Para que la jornada transcurra sin problemas y el comprador haga sus compras y reciba los beneficios y descuentos establecidos, debe tener en cuenta estos aspectos:

1.- Los productos que puede adquirir 

Lo primero que debe saber es que para que se aplique la exención del 19%, los bienes deben ubicarse en Colombia y al detal, pero pueden adquirirse de forma virtual o presencial. Además, le deben hacer entrega de la factura de su compra que evidencie la fecha de la adquisición y la aplicación del ‘descuento’. La exención del IVA será aplicada para los productos como vestuario, complementos de vestuario, electrodomésticos, computadores, equipos de comunicaciones, elementos deportivos, juguetes y juegos, útiles escolares, bienes e insumos del sector agropecuario, según los límites y especificaciones establecidas para cada una de estas categorías.

 

2.- La factura electrónica 

Este año un requisito esencial para que aplique el beneficio de exención del IVA es la expedición de la factura electrónica por parte de los comerciantes. El director de Gestión de Impuestos de la DIAN, Julio Lamprea, destacó que el uso cada vez más frecuente de la factura electrónica ha traído beneficios tanto para llevar un mejor control de las transacciones, como para facilitar las operaciones de los ciudadanos.

Lamprea hizo un llamado a que más empresarios y comerciantes adopten la facturación electrónica para que puedan aprovechar el impulso que generará a la economía las ventas en los días sin IVA.

Frente a eventuales fallas técnicas, tecnológicas u operativas en el uso de las plataformas que permiten realizar la facturación electrónica, señaló que los comerciantes podrán acudir a la facturación de contingencia.

Para las ventas que se realicen por comercio electrónico, el tiquete de compra deberá ser emitido por la tienda a más tardar al día siguiente de la jornada sin IVA y con plazo de hasta las 11:59 p.m. Una novedad que se incluyó para estas fechas es la emisión de la factura electrónica en todas las transacciones que realicen, y para esto el comprador tendrá que incluir algunos datos personales para concluir el proceso.

 

3.- El pago con tarjetas o en efectivo. 

Una de las facilidades que se introdujo en la jornada del día sin IVA, es que ahora se podrán hacer pagos con tarjetas de crédito o débito y en efectivo. El director de Gestión de Impuestos de la DIAN, Julio Lamprea, aseguró que la exigencia de la facturación electrónica para esta jornada permitió que por primera vez se puedan hacer compras en efectivo en los comercios físicos, una opción que no existió durante las jornadas del día sin IVA del año pasado, cuando solo se permitían los pagos por medios electrónicos.

En ese caso, el comerciante podrá hacer uso de la factura de papel como mecanismo de contingencia para solucionar el problema, pero deberá transmitir la información a la DIAN dentro de los siguientes 15 días calendario.

 

4.- Compras por ecommerce 

La Cámara Colombiana de Comercio Electrónico (CCCE) identificó cuáles son los beneficios que ofrecen los canales digitales en todo el territorio nacional, para que las personas puedan hacer de sus compras online durante las fechas excluidas del IVA, una experiencia positiva y segura.

“El ecommerce es un ecosistema digital fundamental para la reactivación económica del país y una herramienta poderosa, capaz de ampliar los mercados, disminuir las barreras de inclusión financiera, los costos operativos, la intermediación, además de ser un reactivo para incrementar la competitividad y facilitar los procesos de compras en los colombianos”, expresó María Fernanda Quiñones, presidenta ejecutiva de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico.

La ministra Lombana señaló que el año pasado el comercio electrónico dio un gran salto; durante las tres jornadas las ventas digitales alcanzaron $1,2 billones de pesos y el número total de transacciones fue cercano a los 4 millones.

 

5.- Unidades permitidas 

Por persona y para cada una de estas jornadas, se podrá adquirir hasta tres productos de la misma referencia en un mismo comercio.

 

6.- Tiempo de entrega 

Para los bienes adquiridos en línea, deberán ser entregados al consumidor final o recogidos por este dentro de las dos semanas siguientes, a partir de la fecha en la cual se emita la factura y no se podrán reprogramar envíos posteriores.

 

 7.- El beneficio 

Es importante tener en cuenta que la exención del IVA no es una promoción o una oferta sobre los productos, sino una causación del impuesto del 19%.

 

8.- Información 

Durante estos días se puede presentar congestión en algunas páginas de comercio electrónico, y ante cualquier tipo de afectación el comercio deberá informar al igual que comunicar adecuadamente sobre la disponibilidad de los productos, las fechas de entrega y los métodos de pago con los que cuenta.

 

 9.- Reclamos 

Los clientes tienen el derecho a formular quejas, a solicitar la reversión de pagos cuando sea objeto de fraude, corresponda a una operación no solicitada, el producto adquirido no sea recibido, o el artículo entregado no corresponda a lo solicitado o esté defectuoso.

 

10.- Seguridad 

A la hora de comprar, es muy importante que usted revise bien los productos y pregunte si son de lanzamiento reciente. Además, en línea debe hacerlo directamente en las páginas web de almacenes de cadena reconocidos o un «marketplace», que garanticen que los productos van a llegar a su destino tal y como se pidieron, así como su respectiva garantía de compra.

 

11.- Revisar lo que compra 

Tenga cuidado con lo que compra durante los días sin IVA y revíselo muy bien porque cambiarlo puede salirle muy costoso. El decreto 1314 de 2021, contiene un apartado que no estaba allí el año pasado: especifica que los cambios ni las garantías están cubiertos con el beneficio de estar exentos de IVA.

De acuerdo con el texto, si algo le sale dañado, no es de la talla o el color que le gusta y lo quiere cambiar, el comerciante le puede cambiar el producto, pero si le devuelven la plata para que compre otra cosa va a tener que pagar el IVA del 19%.

El texto dice que el cambio de producto se debe realizar “por otro bien de la misma referencia, marca, valor y al mismo adquiriente”, es decir, la misma persona que compró. «Cuando se genere la devolución o reintegro del valor del bien, la nueva compra no estará cubierta con la exención en el impuesto sobre las ventas IVA”.

Tanto el Gobierno como los comerciantes han sido claros con la posibilidad de que eso ocurra, porque estamos ante un panorama de escasez de productos, especialmente, de tecnología y electrodomésticos por cuenta de la crisis de los contenedores y la falta de microchips.

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