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Procuraduría impugnará el fallo que solicita suspender intervención a la Essmar

A pesar de que la Procuraduría General de la Nación había señalado la improcedencia de la acción de tutela que pedía la nulidad del acto administrativo que le permitió a la Superservicios tomar posesión de la Empresa de Servicios de Santa Marta (Essmar), el Juez Segundo Administrativo del Circuito de la capital del Magdalena ordenó suspender, en primera instancia, esa intervención, en fallo proferido un día antes de iniciar la vacancia judicial y el cual aún no está en firme.

En su concepto respecto a la procedencia de esa acción de tutela, el Ministerio Público precisó que el afectado disponía de otros mecanismos de defensa para obtener la nulidad del acto administrativo mediante el cual se ordenó la toma de posesión de la Essmar.

El órgano de control indicó que la vía para buscar esa nulidad era la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, “pues mediante la acción de tutela no se puede desplazar ni reemplazar el mecanismo ordinario establecido por la ley para el juicio de legalidad de los actos administrativos”.

El órgano de control agregó que el accionante no acreditó tener la calidad de representante de la Essmar, ni tampoco se observaba que la toma de posesión de la empresa por parte de la Superservicios lo afectara directa o indirectamente.

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