HOY DIARIO DEL MAGDALENA
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Fallo niega la pérdida de investidura de la diputada Claudia Aarón

En segunda instancia, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, confirmó el fallo del Tribunal Administrativo del Magdalena, que negó la solicitud de pérdida de investidura que cursaba en contra de la diputada Claudia Patricia Aarón, por el presunto conflicto de intereses en la elección del Contralor General del departamento. 

Tal como lo hizo el Tribunal, el honorable Consejo de Estado decidió archivar el proceso contra la diputada Aarón Viloria, después de una demanda presentada por Andrés Bustamante, quien denunciaba que la asambleísta presuntamente, incumplió con su obligación al no manifestar que tenía una relación de amistad y tuvo contratos de trabajo con el candidato Fabián Granados Codina en el 2019.

En el fallo se indica que, “no existe ninguna pieza probatoria a partir de la cual se acredite la amistad entrañable y que, por tanto, haya dado lugar a un choque de intereses con los de orden público; conclusión a la cual se arribó al interior de la actuación administrativa al que haberse puesto de presente varias ocasiones”.

“En este orden de ideas, la Sala concluye que no se reúnen los requisitos objetivos para la configuración de la causal de pérdida de investidura por violación del régimen de conflicto de intereses y, en esa medida, se torna innecesario el análisis del elemento subjetivo de culpabilidad, por lo que confirmará la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Magdalena, mediante la cual se denegaron las pretensiones de la demanda”, añadió el fallo.

El proceso venía siendo estudiado en segunda instancia, cuando la diputada aseguró que todo se trataba de ataques políticos en su contra y que sus abogados precisaron que era una demanda sin ningún asidero jurídico.

Indica el fallo que confirma la sentencia del 27 de enero de 2021 que, “no existió ningún interés frente al proceso de elección del contralor departamental, por lo que resulta forzoso desestimar las pretensiones de la demanda; y que en los procesos de pérdida de investidura, es necesario valorar la culpabilidad del demandado y, en el caso sub judice, las pruebas demuestran que la conducta de la diputada fue ajustada a derecho y no buscó perseguir un interés distinto al que debe proteger como servidora pública”.

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