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Aislamiento con incapacidad

Las nuevas directrices del Gobierno Nacional establecen que las empresas deben permitir a sus trabajadores, mediante modalidades de teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa, hacer aislamiento temprano y de forma inmediata tanto en personas sintomáticas como asintomáticas de Covid-19.

El objetivo de las nuevas recomendaciones es la protección laboral durante el cuarto pico de la pandemia por covid-19, según la circular conjunta del Ministerio de Salud y del Trabajo.

Sin embargo, para aquellos trabajadores con casos sintomáticos o asintomáticos de Covid-19 que no puedan realizar trabajo virtual, los lineamientos establecen la posibilidad de acudir a los servicios de salud para la expedición del certificado de aislamiento o el certificado de incapacidad.

En el caso de los trabajadores con síntomas, el médico, de acuerdo con el estado clínico del paciente, podrá acreditar una incapacidad temporal sin necesidad de prueba diagnóstica.

Para el caso de los trabajadores no vacunados o vacunación incompleta pero que son asintomáticos, es decir, que tuvieron contacto estrecho con un caso confirmado de Covid-19, el médico podrá ordenar la toma de prueba para Covid- 19. Si el resultado de la prueba es negativo se suspenderá el aislamiento y podrá el trabajador reintegrarse a las actividades presenciales.

Por otro lado, los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completa no requieren aislamiento ni toma de prueba.

Cabe recordar que la recomendación de acudir a los servicios de salud sólo aplica para los trabajadores que no puedan realizar trabajo virtual y necesitan acreditar incapacidad laboral, o para las persona pertenecientes a grupos de riesgo o para la población en general que presente signos de alarma de Covid-19.

Por lo tanto, las personas sintomáticas (población general y trabajadores que sí pueden realizar trabajo virtual), independiente de su estatus de vacunación, edad o factores de riesgo, deben realizar aislamiento por siete (7) días desde el inicio de los síntomas.

Este aislamiento no requiere de prueba diagnóstica a excepción de las personas de 60 años o más, menores de 3 años o personas con factores de riesgo, aunque en todos los casos el aislamiento debe siempre comenzar desde el inicio de síntomas.

MINTRABAJO 

El ministro de Trabajo Ángel Custodio Cabrera fue enfático al decir que «esta incapacidad se rige bajo la normativa de cualquier otra incapacidad médica con las características que esta implica».  Es decir, a partir del día tres hasta el día 90 se paga el 66,67% del valor del salario del trabajador. Ese es un valor que se lo paga la empresa al empelado  y que va a ser reembolsado a la compañía por parte de la EPS. A partir del día 91 hasta el 180, se va a pagar el 50% del salario. Todo esto se refiere a días continuos de incapacidad.

En todo caso, el médico tratante deberá indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa. Si sus funciones no lo permiten, el médico expedirá el certificado temporal para que el trabajador se aísle durante los siete días reglamentados por la autoridad sanitaria.

Por otra parte, al contrario de lo dispuesto inicialmente por la cartera de Salud, en donde las personas asintomáticas (contacto estrecho de un caso confirmado de covid-19) no debían aislarse, la reciente circular estima que quienes tienen esquema incompleto de vacunación o sin vacuna, deben aislarse siete días desde el primer día de exposición.

 

Adicionalmente, las personas que tuvieron contacto estrecho con un caso de covid-19 y tienen el esquema completo, no tienen necesidad de hacer aislamiento alguno y podrán continuar con sus labores cotidianas,  aclaró el ministro de Salud Fernando Ruiz.

/Colprensa

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