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En colegios no se puede aplicar eso de «la letra con sangre entra»

La Corte Constitucional hizo un fuerte cuestionamiento al sistema educativo nacional y las instituciones en las que todavía pretenden utilizar como método de enseñanza la coloquial expresión de que “la letra con sangre entra”, infundiendo temor en sus estudiantes con castigos desmedidos, denigrantes y discriminatorios.

Al estudiar una tutela presentada por unas familias indígenas en contra del Centro Educativo Eusebio, que funciona como semi-internado en el caserío ‘El Porvenir’, del municipio de Puerto Gaitán, Meta, la Corte reprochó el uso de violencia física y psicológica en contra de los estudiantes menores de edad.

“Un Estado no puede pretender renunciar a la violencia y buscar una sociedad pacífica y respetuosa de la dignidad de toda persona y, al mismo tiempo, permitir que se mantenga una cultura educativa basada en la idea de que ‘la letra con sangre entra’”, señaló la Corte.

La Sala recordó que al imponer castigos por faltas establecidas dentro de los manuales de convivencia, los niños y niñas deben ser informados y escuchados en su defensa y permitirle la oportunidad de conocer de manera comprensible las razones de su falta. En ese sentido, se cuestionó por la Corte la posibilidad de que en los colegios se impongan castigos sin previo registro y anotaciones disciplinarios.

En el caso en particular, se evidenció que en el Centro Educativo se estaba utilizando la expresión “guahibos”, que es una forma “denigrante y despectiva” para referirse a los indígenas, para tratar a los menores de edad y que los encerraban después de las 5:00 de la tarde, que en alguna ocasión uno de ellos fue golpeado con una varilla y se les obligó una vez a tragarse una hoja de cuaderno.

“Utilizar la violencia física y moral para imponer castigos genera en los niños y niñas un daño psicológico que funda un sentimiento de “inferioridad” y los invita a replicar estas conductas. Los maltratos no solo físicos, sino aquellas amenazas y humillaciones a las que fueron sujetos también representan graves afectaciones a su desarrollo”, señaló la Corte.

La Corporación agregó que “el uso de la violencia como forma de castigo en ámbitos escolares, repercute en el desarrollo armónico e integral de los niños y niñas, toda vez que genera una sensación de inferioridad que afecta su autoestima, perpetúa ambientes de miedo y genera en el niño o niña la reproducción de patrones violentos en su vida futura”.

La Corte insistió en el uso del lenguaje discriminatorio, los malos tratos perpetrados por los docentes hacia los alumnos y la imposición de castigos que no son respetuosos de la Constitución.

Por esa razón, la Corte ordenó al Centro Educativo Internado Eustasio que en el término de 48 horas tome las medidas necesarias para realizar un acto simbólico en el que se informe a los estudiantes que la conducta desplegada por ex miembros de la planta educativa está siendo investigada por las autoridades competentes.

Igualmente, deberá realizar una jornada escolar en la que se realice una campaña de concientización sobre el buen trato de los estudiantes y se instruya sobre los procesos que deben observarse al momento de imponer un castigo acorde con el Manual de Convivencia.

Igualmente, se ordenó al ICBF mantener un seguimiento continuo a la institución educativa y prestar la atención psicológica que requieran los niños, niñas y adolescentes presuntamente afectados.

La Corte remitió copia íntegra del expediente a la Defensoría Delegada para la Infancia, la Juventud y Adulto Mayor de la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia de la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía Séptima Delegada ante los Jueces Penales Municipales de Puerto Gaitán-Meta, para que investiguen este caso.

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