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Asesinato de presunto abusador en Transmilenio abre debate por hacinamiento

 El asesinato de Juan Pablo González, sindicado de abusar sexualmente a una menor de edad en el sistema Transmilenio, prendió nuevamente las alarmas en el país por el hacinamiento que viven las estaciones de Policía y las Unidades de Reacción Inmediata (URI)

El hecho se registró precisamente en la URI de Paloquemao, en el centro de Bogotá, donde el sujeto fue conducido de manera preventiva tras la medida de aseguramiento dictada por un juez de la República, en medio del proceso que se adelantaba por lo sucedido con Hilary Castro.

González, que fue capturado por presuntamente amenazar y abusar de la menor de edad y posteriormente enviado a la cárcel, fue conducido hasta la Unidad de Reacción Inmediata mientras se definía el establecimiento carcelario al que iba a ser enviado en medio del proceso.

Fue allí donde el cuerpo del sujeto fue hallado sin vida. La primera versión hablaba de un presunto suicidio, pero el análisis de Medicina Legal confirmó su muerte como un homicidio, que habría sido causado por múltiples y fuertes golpes que hallaron en su cuerpo.

Este suceso retrata de manera contundente la crisis que afronta el sistema penitenciario de Colombia, que presenta un hacinamiento en las URI y las estaciones de Policía del país cercano al 171 %, con una población de 23.826 detenidos, cuando solo hay 8.200 cupos para esto.

“Es alarmante y preocupante la situación en los centros de detención transitorio, entiéndase estaciones de policía y URI. Es escalofriante la situación, la condiciones en que los privados de la libertad se encuentran purgando su condena”, señala el defensor del Pueblo, Carlos Camargo.

El funcionario asegura que, en mayor o menor medida, esta situación de hacinamiento la sufre todo el país como, por ejemplo, Riohacha, donde se encontró una sobrepoblación carcelaria del 2.000 %, o el departamento de Córdoba, donde el porcentaje es superior al 330 %.

Camargo explica que en Bogotá la situación no es menos critica, ya que el hacinamiento en estos lugares es superior al 250 %, mientras que en solo en la estación de Policía del barrio Cuba, en Pereira, alcanza hasta el 70 %.

La Procuraduría General de la Nación también ha hecho varios llamados de atención frente a la situación en diferentes zonas del país. Por ejemplo, en la estación de policía de La Macarena, en la capital del país, se encontró un hacinamiento de más del 252 %.

En Cartagena, el Ministerio Público alertó que la estación del caribe tenía 108 privados de la libertad, con un índice de ocupación de 0.52 metros cuadrados para cada uno, y le seguía caracoles, con 115 personas y 0.67 metros cuadrados.

EL PROBLEMA

El cuello de botella en las estaciones de Policía y las URI, considerados y adaptados como centros de detención transitorios, mientras se define la situación de las personas detenidas ante un juez, se producen debido, también, al hacinamiento que existe actualmente en las cárceles del país.

Así lo manifiesta el abogado litigante Juan Carlos Gómez, quien considera que estos centros de detención transitoria se convierten en permanentes ante la falta de cárceles para llevar a las personas que son privadas con medida de aseguramiento.

“Los centros de reclusión de máxima y mediana seguridad están tan colapsados y sobrepoblados que los jueces tienen que permitir que una persona, ya no por efectos de captura sino por la imposición de una medida de aseguramiento, queden detenidas en estos lugares”, señala.

Este problema, según el Defensor del Pueblo, se empezó a visibilizar de una manera más constante en tiempos de pandemia, debido que “el cierre de los establecimientos de reclusión por la propagación del Covid-19 conllevó a que la problemática, que históricamente había soportado el sistema penitenciario y carcelario, se trasladara a estaciones de Policía y las URI”.

Daniel Echeverry, investigador del Comité de Solidaridad con Presos y quien estuvo en la comisión de seguimiento durante la pandemia, expresó que “el traslado del hacinamiento del sistema hacia los centros de detención transitoria generó vulneraciones a la dignidad humana, aún más graves que las presentes en el establecimiento de reclusión”.

Con menos herramientas de seguridad en las estaciones de policía y las URI, sufrir el hacinamiento ha provocado vulneraciones a los derechos humanos como lo sucedido con el presunto abusador de Hilary Castro y la fuga de presos.

“La situación es bastante preocupante, no solamente en materia de afectación al derecho a la salud, derecho a la alimentación. También encontramos afectaciones al régimen de visitas de los privados de la libertad; encontramos una situación precaria y en condiciones indignas por parte de estas personas en los centros de detención transitoria y centros de reclusión”, dijo Camargo.

Echeverry aseguró que “se han reportado a lo largo de los dos últimos años como se torturaron personas privadas de la libertad en la estación de policía Rafael Uribe Uribe. Y esto es aún más grave si se tiene en cuenta que existen dudas sobre el aumento repentino que tuvo la capacidad de las salas de reclusión en las estaciones de policía, pues no parece responder a la ampliación de infraestructura que garantice condiciones de seguridad y, sobre todo, de dignidad”.

Sobre la fuga, también se han presentado varios casos como los ocurridos en julio de este año, donde 36 personas se escaparon de una estación de policía en Cali; en abril se fugaron 11 personas de una URI de Puente Aranda; y el año pasado en la estación de policía de Soacha, una protesta de los presos que terminó en un incendio con un fallecido y 14 más con quemaduras graves en su cuerpo.

¿QUÉ SE NECESITA?

Una de las soluciones que se han propuesto, con la llegada del nuevo Gobierno, es la justicia restaurativa, que es apoyada por el Defensor del Pueblo y otros expertos consultados por COLPRENSA sobre el tema.

“Hemos estado siguiendo de cerca la propuesta. Desde la Defensoría reiteramos de manera enfática que es importante evaluar alternativas en términos de penas, donde se conmute el trabajo y los procesos educativos como una manera de resocialización que tenga la persona que este privada de la libertad”, expresó Camargo.

Daniel Echeverry, investigador del Comité de Solidaridad con Presos, expresó que ya existió una decisión de la Corte Constitucional, que a su opinión no resuelve el problema de fondo.

“En la sentencia SU122 de 2022, la Corte Constitucional señala eliminar de manera definitiva el uso de los centros de detención transitoria y ampliar los cupos en los establecimientos carcelarios. A nuestro parecer esto es grave, porque vuelve al primer estado de cosas inconstitucionales que se declaró en Colombia, con relación al problema de hacinamiento en los centros penitenciarios”.

Igualmente, aseguró que en la Comisión se está preparando un documento para presentar al Gobierno, con distintas propuestas para reducir el hacinamiento. Entre ellas se resalta la reducción de la pena por una sola vez y de manera extraordinaria para personas condenadas por delitos leves y que no conlleven violencia, promoción de medidas alternativas de encarcelamiento con personas bajo detención preventiva o con condenas mínimas, la habilitación de la entrada de consultorios jurídicos de las universidades, entre otras.

Finalmente, para Juan Carlos Gómez, abogado litigante, más allá de los tiempos para el cumplimiento de las reglas, lo necesario es establecer que la detención preventiva sea excepcional.

«Es necesario que se entienda claramente la privación de la libertad como una excepción, que exista una política criminal que permita desarrollar institutos jurídicos para hacerla supremamente excepcional y, además, que se brinden las condiciones para que los centros de reclusión puedan respetar la dignidad de las personas que se encuentran detenidas.

Gómez aseguró que, debido a los índices supremamente altos de delincuencia, en Colombia se necesitan más cárceles, ya que “desde que existe el sistema penal oral acusatorio, la Corte Constitucional ya, en varias ocasiones, ha señalado que las penas que se purgan en centro de reclusión no son capaces de garantizar lo mínimo de un estado social de derecho, que es básicamente la dignidad humana”.

/Colprensa

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