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Levantan restricción que suspendía licencias de construcción en Cali

La medida cautelar que había sido impuesta por un juez el pasado mes de diciembre y que suspendió las licencias de construcción otorgadas y futuras en la Comuna 22, en el sur de Cali, fue levantada por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.

Esto quiere decir que las constructoras y privados que quieran gestionar los permisos ambientales y de uso del suelo, ante las curadurías urbanas, para realizar edificaciones podrán hacerlo bajo lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial POT del 2014.

Cabe recordar que en diciembre del año pasado, el Juzgado Trece Administrativo Oral del Circuito de Cali, admitió una acción popular con la que se solicitaba suspender provisionalmente las licencias de construcción otorgadas y futuras en la Comuna 22.

Esta acción judicial fue instaurada en su momento por la Procuraduría Ambiental y Agraria para el Valle del Cauca. Entre los argumentos expuestos por la Procuraduría Ambiental, para iniciar la acción popular, se conoció que desde el 2014 a la fecha se han expedido más de 100 licencias de urbanismo para la Comuna 22.

Dicho panorama encaja con la entrada en vigencia del nuevo Plan de Ordenamiento Territorial, que cambió la naturaleza de dicho sector de zona rural a zona urbana.

El Dagma tiene abiertos 16 procesos sancionatorios por captaciones de agua no autorizada en la Comuna 22. Siete contra viviendas y conjuntos residenciales.

Nayib Yaber, jefe jurídico de la Alcaldía de Cali, reiteró que “al tumbar la medida cautelar” se vuelve a permitir la expedición de las licencias de construcción y los permisos ambientales. “Es decir, todos estos documentos se podrán tramitar de forma normal”.

El funcionario aclaró que las licencias de construcción que ya estaban emitidas, antes de ese fecha, podían ser ejecutadas ya que es un derecho adquirido. “Por eso, en la Comuna 22 se veían todavía obras en construcción pero eso era en virtud de una licencia ya tramitada”, añadió.

Sobre la posibilidad de que la decisión del juez sea apelada, Nayib Yaber, director jurídico de la Alcaldía de Cali, aseguró que con este acto se acabaron las instancias.

“Se tendría que interponer otro tipo de acción legal. Recordemos que en enero de este año se presentó una acción popular que fue rechazada por que era similar a la acción popular de diciembre. Eso quiere decir, que si en este momento se presenta una acción por los mismo hechos sería improcedente”, complementó.

¿POR QUÉ SE LEVANTÓ LA MEDIDA CAUTELAR?

Según lo emitido por la Procuraduría Ambiental y Agraria para el Valle del Cauca, la medida fue levantada porque el magistrado ponente consideró que no existen elementos probatorios para haber decretado la medida cautelar.

“Es decir, considera que las pruebas soportadas por la Procuraduría Ambiental, que entre otras son las mismas manifestaciones emitidas por funcionarios de la Administración Municipal, no son suficientes”, dijo un vocero de la entidad.

Alexandra Cañas, gerente de la Cámara Colombia de la Construcción, seccional Valle, añadió que en esencia, el Tribunal acogió los argumentos expuestos por el Municipio de Cali en el escrito de apelación, en el sentido de coincidir con la ausencia de pruebas pertinentes para demostrar la infracción de derechos colectivos.

“Dicho de otro modo, la presunción de legalidad del POT tendría que haberse desvirtuado, aunque no para obtener su nulidad sino para demostrar la acción u omisión de las autoridades demandadas que a juicio de la demandante representa una vulneración o amenaza de derechos colectivos”, manifestó la líder ambiental.

La Contraloría y el Dagma han detectado el uso de derivaciones del río Pance que son desviadas de su cauce natural y son utilizadas como decoración.
Y agregó: “De igual forma, el Tribunal consideró que no existen pruebas suficientes para concluir que las licencias expedidas y en proceso de aprobación en la Comuna 22 presenten falencias de tipo ambiental o de infraestructura urbana… así mismo consideró apresurado el decreto de las medidas cautelares llevado a cabo por el Juzgado 13 Administrativo de Cali”.

«SE ACERCARÁN LAS PRUEBAS NECESARIAS»

Hugo Salazar, líder de la Comuna 22, manifestó que la interpretación que se hace del fallo es que faltó soporte técnico en la acción.

“Pero en el momento en el que la Procuraduría Ambiental acerque las pruebas pertinentes, pues se podrán retomar nuevamente las medidas cautelares”.

Salazar añadió que líderes de la Comuna 22 presentaron un acción popular, diferente a la de la Procuraduría.

“Eso está en proceso y esperamos que termine con éxito. También hay una coadyuvancia a la Procuraduría Ambiental, que no alcanzó a tener la información en conjunto para el Tribunal que tomó la acción. Cabe anotar que ambas acciones están vivas”.

 

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