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´No tiene sentido meter a la cárcel a dos primos que tuvieron sexo´: Osuna

  El ministro de Justicia, Néstor Osuna,  levantó una nueva polémica por las declaraciones que dio en Blu Radio, sobre las reformas al Código Penal, una de ellas sobre el incesto y su tipificación como delito.  

“Los delitos sexuales como violación, abuso o acceso carnal, incluso los delitos con menores de edad, son delitos. El incesto corresponde a sexo libremente consentido entre dos personas adultas que son parientes (…) Moralmente puede ser repudiable que uno tenga relaciones sexuales con un pariente, pero no tiene sentido meter a la cárcel a dos primos adultos que tuvieron sexo. Es un ejercicio para hacer un límite entre la moral y el derecho. No todo lo que es delictivo es inmoral y no todo lo que es inmoral es delictivo”, dijo el ministro.

Así entonces, el jefe de cartera señaló que su propuesta está dirigida a no eliminar los delitos de carácter sexual, pero sí a marcar un límite entre lo que se considera moral y lo delictivo.

“Esta parte de la reforma no tiende a disminuir el número de personas en la cárcel. Esto es más porque creo que la sociedad colombiana debe establecer una frontera entre el derecho penal y conductas, que ciertamente son reprochables, pero que no deben ser consideradas delitos”, explicó Osuna, en diálogo con Blu Radio.

De esta manera, el ministro de Justicia subrayó que los delitos de tipo sexual seguirán siendo fuertemente castigados por la ley y sin ningún beneficio.  “Se elimina el delito autónomo del incesto, no las agravantes que tienen otros delitos sexuales. Solamente es el sexo entre adultos que es libremente consentido. Si es con un niño, además de que es violación, es agravado”, precisó.

SOBRE LA INJURIA 

Respecto al delito de injuria y calumnia, Osuna explicó que en el Código Penal, puede repercutir en la libertad de expresión, sin embargo, señaló que hay pocas personas condenadas por este delito, aunque muchos procesos están en curso.

“Estos procesos siempre terminan o en conciliación o desistimiento. Entonces, pongamos un trámite administrativo de conciliación”, aseguró.

Además, el jefe de cartera aseveró que estas conductas no merecen una sanción penal, pero sí social, por lo que precisó que es mejor una justicia un poco más administrativa que punitiva.

INASISTENCIA ALIMENTARIA 

Sobre la inasistencia alimentaria, el Ministro anotó que actualmente  ninguna de las 500 personas presas en las cárceles por inasistencia alimentaria está respondiendo a las víctimas, lo que se traduce en poca efectividad de la medida.

“Si lo que el sistema penal quiere es obligar a los padres a que no sean irresponsables, no lo está logrando. Hoy en día hay unas medidas que reforzaremos: embargo de salario, de bienes, prohibición de salida del país”, puntualizó.

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