Alcaldía debe recuperar espacio público invadido
Rescatar el carácter colectivo del espacio público a la oferta de ciudad, constituye parte integrante del modelo estructurado en su accesibilidad y ampliación como áreas de disfrute y reencuentro ciudadano.
Con la apuesta de propiciar una nueva dinámica comercial y turística en el Centro Histórico de Santa Marta, desde el año 2008, la Alcaldía Distrital a través del otrora ‘Corpocentro’ con apoyo del Ministerio de Cultura implementó el denominado ‘Plan Centro’.
Dicho proyecto dispuso la peatonalización de algunas calles céntricas en las cuales se instalaron adoquines, faroles, bancas y otras amenidades para el disfrute de los nativos y visitantes.
Fue entonces cuando se aprobó cerrar una calzada vehicular sobre la Carrera Primera o Avenida del Fundador y permitir una ampliación en los andenes para darle prioridad a los transeúntes o peatones, teniendo en cuenta la vecindad con el Camellón de la Bahía y el mar Caribe.
En esa época fungía como alcalde Juan Pablo Díazgranados Pinedo y como secretaria de Planeación Distrital estaba la experta en desarrollo territorial Zully David Hoyos, quienes contaron con la experiencia de la arquitecta Mónica Villalobos Leal que gerenciaba a Corpocentro.
Después de varias mesas de diálogos y concertaciones con los distintos actores del Centro Histórico, entre ellos la Junta de Acción Comunal, los representantes del sector hotelero, de restaurantes, comerciantes, residentes, vecinos y funcionarios de la Alcaldía, se planteó la necesidad de definir unas reglas de juego claras en aras de potenciar ese territorio urbano con un gran potencial patrimonial y turístico.
Así nació el Decreto 347 del 19 de agosto de 2008, el cual cumple 15 años y donde se reglamentó los usos compatibles en la Carrera Primera entre la Avenida del Ferrocarril y la Calle 22 (Avenida Santa Rita). En ese Decreto la Alcaldía propuso un plan de incentivos para los dueños o arrendatarios de predios localizados a lo largo de la ‘fachada al mar’.
En el primer año se exoneraba del 100% del costo especificado en el artículo 8 del presente Decreto. Se entiende por primer año, el 2008. Para el segundo año (2009) se cancelaba una tarifa igual al 50%, en el tercer año (2010) se cancelaba una tarifa igual al 75% del costo especificado y en el cuarto año (2011) y los subsiguientes se cancelaba una tarifa igual al 100% del costo especificado.
Vale mencionar que el Decreto 347 del 2008 que reglamentó el espacio público tuvo entre sus consideraciones el artículo 12 de la Ley 768 de 2002 donde se estipula que el manejo y administración de los bienes de uso público que existan en jurisdicción de los Distritos Especiales susceptibles de explotación turística, recreativa, cultural, industrial y portuaria, corresponde a las autoridades del orden distrital.
“El numeral 2 del artículo 6 de la citada Ley 768 de 2002 señala como atribuciones de los Concejos Distritales la expedición de las normas necesarias para garantizar la preservación y reserva del espacio público, normas que se encuentran contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo 005 de 2000”.
Y con relación a las políticas y objetivos de desarrollo territorial del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta precisa lo siguiente: “que el artículo 29 del Acuerdo 005 de 2000, establece que el rescate del carácter colectivo del espacio público a la oferta de ciudad, constituye parte integrante del modelo estructurado en su accesibilidad y ampliación como áreas de disfrute y reencuentro ciudadano, involucrando de igual manera el espacio público por construir”.
No es un secreto que el Plan Especial de Protección del Centro Histórico (PEMP) establece que el Espacio Público es parte esencial del Centro Histórico. Ahora bien, el artículo 18 del Decreto Nacional 1504 establece que “Los municipios y distritos podrán contratar con entidades privadas la administración, mantenimiento y el aprovechamiento económico del municipio o distrito del espacio público, sin que impida a la ciudadanía de su uso, goce, disfrute visual y libre tránsito”.
Y el artículo 19 establece que: “En el caso de áreas públicas de uso activo o pasivo, en especial parques, plazas y plazoletas, los municipios y distritos podrán autorizar su uso por parte de entidades privadas para usos compatibles con la condición del espacio mediante contratos. En ningún caso estos contratos generarán derechos reales para las entidades privadas y deberán dar estricto cumplimiento a la prevalecía del interés general sobre el particular”.
REVITALIZAR EL CENTRO
Con la puesta en marcha del ‘Plan Centro’ fase I y el Decreto 347 del 2008 se buscaba propiciar la revitalización del Centro Histórico, su área de influencia y la periferia histórica, potenciando el desarrollo de las actividades comerciales y turísticas.
“Las políticas de administración, mantenimiento y conservación del espacio público del Centro Histórico, su área de influencia y la periferia histórica prevén la inserción de usos compatibles con las actividades que allí se desarrollan legalmente y con las restricciones que su valor monumental impone”.
Otro dato histórico importante para tener en cuenta es el acto legislativo de diciembre 29 de 1989 “Por medio del cual se erige a la ciudad de Santa Marta, capital de Departamento del Magdalena, en Distrito Turístico, Cultural e Histórico”, siendo presidente de la República Virgilio Barco; Luis Guillermo Giraldo Hurtado, presidente del Honorable Senado de la República; Norberto Morales Ballesteros, presidente Cámara de Representantes; Crispin Villazón De Armas, secretario General del Senado y Luis Lorduy Lorduy, secretario General Cámara.
EL POT
De otra parte, el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en donde intervienen la Alcaldía Distrital de Santa Marta con el acompañamiento de ONU-Habitat, Ecopetrol, la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) con apoyo de la Fundación Pro-Sierra Nevada de Santa Marta, le apuesta a una ciudad más ordenada cuando cumpla sus 500 años de fundación.
El norte de la brújula apunta hacia una ciudad amable, inclusiva, con infraestructuras renovadas, equipamientos, servicios y un urbanismo social en aras de poner en valor todo ese potencial de los recursos ecológicos, históricos y culturales dando un mayor reconocimiento a las zonas rurales integradas a lo urbano logrando afianzar el sentido de identidad y pertenencia de los samarios por su territorio.
Según Daniel Varón Quintero, presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos (SCA) seccional Magdalena, es innegable que en la actualidad el Centro Histórico pasa por uno de sus mejores momentos económicos dada la gran afluencia de turismo que busca alojamientos, bares, restaurantes y en general lugares cómodos para la recreación, diversión y el descanso.
“Lamentablemente tanto el PEMP como la mayoría de las inversiones se han enfocado en conservar y rehabilitar las infraestructuras y espacios materiales sin entender que el principal valor en este significativo territorio urbano es su gente. De no iniciarse con prontitud una revisión de los objetivos de todos los desarrollos normativos recientes nuestro Centro Histórico dejará de ser generador de identidad cultural para Santa Marta. Los procesos de gentrificación que afectan a las principales ciudades turísticas en todo el mundo se iniciaron en Santa Marta a finales del siglo pasado y cada día son más intensos pudiendo en el mediano plazo convertir este amado territorio en una gran cantina en donde el principal producto será el dinero proveniente del microtráfico, prostitución y el hacinamiento en el espacio público”, aseveró el arquitecto.