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Juez natural de Santrich es la JEP

En los medios jurídicos causó extrañeza el pronunciamiento del presidente de la Corte Suprema, magistrado José Luis Barceló, quien ayer emitió un concepto a favor de los intereses de alias ´Jesús Santrich´. Deberá declararse impedido cuando se aborde el debate al interior de la Corporación, aseguraron juristas.

                                  

El magistrado José Luis Barceló, presidente de la Corte Suprema de Justicia, expresó ante la opinión pública su concepto con respecto a la situación jurídica de Seuxis Hernández Solarte, mejor conocido como Jesús Santrich, quien fue detenido el pasado lunes por su presunta participación para contrabandear 10 toneladas de cocaína a los Estados Unidos.

Primero que todo, el togado explicó que Santrich posee un estatus, el cual adquirió por su condición de cabecilla de las Farc sometido a la Jurisdiccional Especial para la Paz (JEP).

Así las cosas, el juez natural del congresista de la Fuerza Alternativa del Común (FARC) sería el tribunal de la JEP, el cual deberá examinar si la conducta que le imputa la Corte del Distrito Sur se desarrolló antes o después del 1 de diciembre de 2016, cuando se firmaron los acuerdos del Teatro Colón, en los que quedó formalizado el fin del conflicto entre el Gobierno y dicha guerrilla.

«Después de agotados los tramites propios de la Cancillería y el Ministerio de Justicia, el asunto debe ser remitido a la JEP, y la JEP debe estudiar si los hechos que se le imputan al señor Jesús Santrich ocurrieron a antes o después del primero de diciembre de 2016, si ocurrieron después de esa fecha estaremos ante delitos comunes y la competencia recae en la jurisdicción ordinaria, en este caso particular en la Corte Suprema de Justicia, para darle trámite a la extradición dentro de los procedimientos normales que establece el Código de Procedimiento Penal», expresó Barceló.

Así mismo, el magistrado recalcó que la extradición es un trámite dual, que ocurre con actuaciones del Ejecutivo, por medio de la Cancillería y el Ministerio de Justicia, y también por por parte de la sala de casación penal de la Corte Suprema de Justicia.

«Agotado el trámite administrativo el proceso llega a la Corte, en donde se evalua si la persona solicitada cuenta con un defensor, sino lo tiene se le asigna, después viene etapa provatoria para sustentar unos puntos con los que se debe sustentar el concepto y efectuadas las pruebas relativas señaladas por la ley se emite el concepto», expresó Barceló.

El presidente de la Corte manifestó que el trámite de una extradición en principio es corto, pero puede sufrir muchas incidencias que lo pueden prolongar.

BOGOTÁ COLPRENSA

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