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Nueve empresas están prestando el servicio de luz con déficit de calidad

La superintendencia de servicios públicos estableció que más de 635 mil usuarios no reciben el servicio de energía en condiciones de calidad y continuidad adecuada.

 

La Superservicios aseguró que 635.000 usuarios están siendo afectados por falta de cumplimiento al esquema de la Creg.

 

Nueve de las empresas que prestan el servicio de energía eléctrica en el país, y en la cuales se concentra 30% de la operación nacional, no han ingresado al esquema de calidad establecido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) a través de la resolución 097 de 2008, que define los parámetros mínimos de calidad para la distribución de energía eléctrica en el país.

Así lo dio a conocer la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, quien informó que a raíz de esto 635.000 personas, correspondientes al 5% de los usuarios de energía del país, no están recibiendo un servicio de calidad en los departamentos de Arauca, Huila, Putumayo, Guaviare, Casanare, Caquetá y Valle del Cauca.

Según la Superservicios, las empresas en cuestión son la Electrificadora del Huila S.A. ESP (Electrohuila); la Empresa de Energía del Valle de Sibundoy S.A., ESP (Emevasi); la Empresa de Energía del Putumayo; la Empresa de Energía del Bajo Putumayo; la Empresa de Energía de Arauca (Enelar); la Empresa de Energía del Casanare (Enerca); Empresa de Energía Eléctrica del Departamento del Guaviare (Energuaviare); las Empresas Municipales de Cartago (Emcartago); y la Empresa Municipal de Energía Eléctrica (Emeesa) en el departamento del Cauca.

A través de un comunicado en el que dio a conocer la información, la Superservicios aclaró que “prestadoras como Enerca, Energuaviare, Emcartago y la Empresa Municipal de Servicios Públicos de Cartagena del Chairá (Emserpucar), a la fecha cuentan con un programa de mejoramiento para implementar el esquema en los términos establecidos por la regulación vigente”.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios), al dar a conocer el listado de empresas que no han ingresado al Esquema de Incentivos y/o Compensaciones establecido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) a través de la resolución 097 de 2008, que define los parámetros mínimos de calidad para la distribución de energía eléctrica en el país.

La Dirección Técnica de Gestión de Energía de la Delegada de Energía y Gas Combustible, informó que los prestadores del servicio público de energía eléctrica que cubren regiones como Arauca, Huila, Putumayo, Guaviare, Casanare, Caquetá y Valle del Cauca, no habrían realizado las inversiones necesarias para registrar y reportar al Sistema Único de Información (SUI), la calidad del servicio con el nivel de detalle y precisión requerido, por lo tanto, se desconoce la situación real de la calidad del servicio prestado a sus usuarios, en particular, los indicadores relacionados con las interrupciones en la prestación del servicio.

Prestadoras como Enerca, Energuaviare, Emcartago y la Empresa Municipal de Servicios Públicos de Cartagena del Chairá (Emserpucar), a la fecha cuentan con un programa de mejoramiento para implementar el esquema en los términos establecidos por la regulación vigente.

Estas empresas que a hoy no han terminado de realizar las inversiones necesarias para mejorar su gestión en las redes eléctricas y la calidad del servicio prestado, en el nuevo marco tarifario (resolución CREG 015 de 2018), podrán llegar a ver afectadas sus tarifas de forma importante, debido a que deberán pagar a sus usuarios las compensaciones más severas que podría llegar a pagar un operador de red en el país.

Según la Delegada de Energía y Gas Combustible de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, los principales requisitos que deben cumplir las empresas distribuidoras de energía para la aplicación del esquema de incentivos y compensaciones se encuentran: la vinculación de usuarios a transformadores y circuitos.

Así mismo, se debe disponer e implementar un Sistema de Gestión de Distribución, el cual debe estar compuesto como mínimo de un sistema SCADA, un sistema de información geográfica (GIS) y un servicio de atención telefónica a los usuarios para reportar las fallas en la prestación del servicio. Además, una Telemedición en elementos de corte y maniobra instalados en la cabecera del circuito.

Por último, permiso al Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC) para tener acceso directo a la Base de Datos de Interrupciones registradas en el sistema de Gestión de la Distribución de cada Operador de Red; y un Sistema de Medición y Procedimientos de Registro y Reporte del OR certificados.

BOGOTÁ COLPRENSA

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